Subsidiariedad y Estado social de derecho. ¿Compatibles o no?
Gastón Escudero Poblete | lunes 30 de octubre de 2023
El autor argumenta que ninguna de las interpretaciones del Estado social de derecho resulta compatible con la subsidiariedad.
El autor argumenta que ninguna de las interpretaciones del Estado social de derecho resulta compatible con la subsidiariedad.
El concepto “Estado social de Derecho”, tal como está recogido en el anteproyecto, es compatible con la subsidiariedad.
El arco que va de la “no intervención” a la “prestación directa”, es múltiple y flexible.
Si los expertos encararan la Constitución vigente constatarían que los fines del Estado social de derecho son similares a los del de subsidiariedad.
El constituyente le dedicó a este tema un capítulo exclusivo, reconociendo la urgencia de que Chile vuelva a la senda del desarrollo integral.
No es que el Estado delegue funciones exclusivas, sino que son actividades que por definición corresponden a las personas y los cuerpos intermedios.
El oficialismo no duda en favorecer a sus propias agrupaciones sociales para asignar fondos públicos con una supuesta finalidad social.
El estado faraónico era en su esencia un estado socialista, que canalizaba la inversión a través de la burocracia.
Esto implica retomar la subsidiariedad como principio político. Ella nos señala las competencias propias del Estado y las comunidades intermedias.
Es absolutamente injustificado acusar a Guzmán de tener una idea de política social fundada en el individualismo liberal, y no en la justicia social.