Aborto y conciencia

Joaquín Reyes Barros | Sección: Política, Sociedad, Vida

#01 foto 1 autorUno de los argumentos para apoyar el proyecto de ley de despenalización del aborto consiste en señalar que mediante él no se está imponiendo el “aborto libre”, sino que simplemente se está dejando a la “conciencia” de la mujer la elección de abortar o no en tres casos en que la decisión de continuar con el embarazo es particularmente difícil.

Siguiendo esta premisa, lo que buscaría el proyecto de ley sería precisamente que la madre pueda seguir su propia conciencia en casos en que existe un conflicto moral. Y es en esta intromisión en la conciencia donde estaría el problema con la ley actual, que no sólo sugiere no abortar, sino que prohíbe el aborto en todo evento, imponiendo una sanción a quien lo haga.

Hay muchos puntos de vista desde el que se puede abordar la cuestión anterior. Desde luego, el más obvio es que nada justifica el asesinato a un inocente, y una legislación no puede permitir que tal delito quede impune. Sin embargo, el problema está ya en el modo equívoco y ambiguo en que se plantea el asunto cuando se lo trata como si fuera un problema de conciencia de la mujer. Y es que en el caso del aborto no hay, propiamente hablando, un “conflicto de conciencia[1].

Dicha terminología sugiere, en efecto, que se está frente a un caso de conflicto entre dos imperativos morales que se ven confrontados, cuando en realidad lo que hay en el aborto la mayoría de las veces es una clara exigencia de la conciencia, por un lado, y apremiantes intereses propios, por otro. No se trata, por consiguiente, de la decisión entre dos bienes morales diversos, sino entre un claro y evidente “bien moral” (defender la vida del que está por nacer) y un “bien físico” disfrazado de bien moral: el bienestar físico o psicológico de la madre. Así, y hablando en general, en el aborto no estamos frente a un caso de conciencia errónea, probable o dudosa, sino más bien de un acallamiento voluntario de la conciencia recta.

Como dice el filósofo alemán Robert Spaemman: “Por regla general ‘seguir la propia conciencia’ quiere decir aquí, sencillamente, hacer lo que el propio interés parece exigir, siempre y cuando la propia conciencia no lo prohíba. Pero por regla general el permiso de la conciencia es la consecuencia más bien de que se ha acallado la propia conciencia que de que la conciencia realmente se equivoque. Esto se muestra ya en el hecho de que en el caso del aborto, a diferencia de lo que sucede en otras intervenciones quirúrgicas, la mujer atendida desea saber por regla general cuanto menos mejor sobre los detalles del asunto.

Debemos guardarnos de emitir un juicio sobre las mujeres que en esa situación prefieren no saber qué están haciendo. Pero no cabe duda de que su actitud no es la característica de personas que siguen los dictados de su conciencia y que por ello saben y quieren saber qué están haciendo”.

Por lo tanto, la despenalización del aborto no da “libertad de conciencia” a la mujer en un caso moral difícil. Simplemente le permite matar a su hijo en el vientre en ciertos casos en que dejarlo nacer perturba su bienestar. Es verdad que hay en los embarazos llamados vulnerables un “conflicto”, pero está muy lejos de ser un conflicto de conciencia: es el conflicto que se da siempre que la realización del bien moral supone la superación de algún obstáculo y, por consiguiente, algún sacrificio –mayor o menor– por parte del que lo debe realizar.

Así, por ejemplo, si “debo” mentir acerca de mis calificaciones para conseguir un trabajo, no estoy frente a una situación “difícil” desde el punto de vista de la conciencia, sino simplemente frente a una situación en que hacer el bien –decir la verdad– trae consecuencias negativas para lo que considero mi propio “bienestar” físico, económico o psicológico. No es que deba en conciencia mentir: es que “no quiero” decir la verdad y sufrir a consecuencia de ello.

Alguien podría decir que nadie está obligado a ser mártir. Y que en las tres causales del proyecto de ley la mujer sufre mucho más de lo normal. Puede ser, y habrá que tomar medidas para ayudar realmente a esa mujer, cuyo dolor no podemos juzgar. Pero lo que no puede ser es que evitar ese sufrimiento se eleve a la categoría de imperativo moral y termine anestesiando la conciencia y justificando legalmente un asesinato.

No podemos juzgar la culpa de la mujer que movida por este sufrimiento decide abortar (acción que, como ha probado la psiquiatría, sólo agrava dicho sufrimiento y lo hace duradero en el tiempo, pues en la mayoría de los casos la culpa persigue a la mujer hasta el fin de sus días), pero sí podemos juzgar objetivamente el asesinato de un niño indefenso como un hecho gravemente atentatorio contra el bien común, y que no puede quedar impune en una sociedad civilizada.

Es fácil dar apariencia de bien moral a lo que no es más que un bien físico disfrazado, especialmente cuando el bien moral es difícil de realizar. Para alcanzarlo a pesar de las dificultades se requiere de fortaleza. Esperemos que en Chile tengamos siempre la fortaleza suficiente para decir la verdad respecto del aborto, aun cuando ello signifique renunciar al propio “bienestar”. Acallar la propia conciencia no está permitido.

 

 

Notas:

[1] Con excepción del caso en que se pone en riesgo la vida de la madre, donde sí es posible que exista un problema moral entre el deber de conservar la propia vida y el deber de custodiar la vida del hijo. En todo caso, dicho problema es muy poco frecuente en la práctica médica, y de producirse, se resuelve mediante la aplicación del principio de doble efecto, cosa que todo médico sabe y cuya resolución no requiere de una ley especial.

Este artículo fue publicado originalmente por Chile B, www.chileb.cl.