¿Derecho en el ex Congreso?

Gonzalo Carrasco | Sección: Educación, Historia, Política

El Derecho ha tenido como principal fuente de origen el Congreso, lugar por antonomasia de la democracia y la discusión de ideas. Así ha sido también en Chile, aun cuando en algunos momentos de la historia no ha sido tan simple.

El primer Congreso chileno, luego de que la Junta de Gobierno de 1810 había proclamado su lealtad a las tradiciones hispanas, se constituyó el 4 de julio de 1811. La inspiración de este nuevo Congreso venía de la mano de ideas radicales y reformistas, con personajes influyentes como los hermanos Carrera y Juan Martínez de Rosas. La Ilustración y los ideales de la Revolución Francesa querían apoderarse de nuestra idiosincrasia mestiza.

Luego, en el período de la reconquista española, el Congreso Nacional se desintegró, y fue necesaria una independencia fuerte y afianzada para que éste volviera. Posteriormente sus regulaciones fueron cambiando desde la Constitución de 1833 hasta la de 1980.

El Reglamento del Senado, que actualmente rige a nuestros honorables, señala en su Título III sobre la Presidencia, en su art. 23 N° 3 lo siguiente: “Sin perjuicio de lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, en las leyes y en otras disposiciones de este Reglamento, corresponderá al Presidente:

3º Mantener el orden en el recinto; solicitar para el efecto, si lo estima necesario, el auxilio de la fuerza pública; ordenar el empleo de ella en resguardo del respeto y de la libertad del Senado; disponer que se despejen las galerías y la parte de las tribunas destinadas al público cuando los asistentes a ella desobedezcan por dos veces su advertencia de no hacer ruidos o manifestaciones, y poner a disposición de la justicia, con oficio, al individuo que promueva desórdenes en cualquier lugar del recinto”.

Hago mención de esta norma pensando en los hechos sucedidos hace unos días atrás en el ex Congreso Nacional, el cual fue tomado por un grupo de estudiantes, apoderados y ecologistas en medio de la discusión del Presupuesto para la Educación, y en la que su presidente, Guido Girardi, no sólo no estuvo a la altura de su cargo, sino que además incumplió la norma reglamentaria del Senado.

Ante los hechos, el presidente del Senado se ha excusado diciendo que “La violencia y la represión nunca pueden ser los primeros recursos de la autoridad. Antes está el diálogo, el razonamiento, la conversación. Y antes todavía está el escuchar.”

El problema de su argumento radica en la legitimidad del actuar de los estudiantes, apoderados y ecologistas que participaron de la toma.

¿Es legítimo tomarse el ex Congreso Nacional? ¿Encuentra sustento en el ordenamiento jurídico chileno una actuación de ese tipo? La respuesta es evidentemente negativa, incluso para quien no ha estudiado la ley, pero que puede intuir que el acto es claramente contrario al Derecho.

El diálogo, el razonamiento, la conversación y el escuchar deben estar precedidos por el ajuste al Estado de Derecho, y una toma de estas características no cumple con el respeto a la ley.

Parece paradójico que en el lugar de donde emana el Derecho propiamente tal (Congreso), la ley parezca como un elemento de segunda categoría, amparándose un acto ilegal con una falsa bondad de racionalismo y conversación.

Guido Girardi confunde dos cosas distintas: El deber de sometimiento a la voluntad del legislador de todos los chilenos, que no sólo permite una igualdad frente a la ley, sino que además el mismo Estado de Derecho, con la represión y la violencia. Estas son dos cosas totalmente distintas.

El acto de Carabineros, en caso de haber desalojado el Congreso de estos manifestantes, en apego al Derecho, no es represión, por el contrario, es hacer cumplir la voluntad soberana del Estado y proteger la libertad de los ciudadanos.

Una de las definiciones de norma jurídica es “aquella norma de conducta exterior, bilateral, imperativa y coercitiva que regula las acciones de los hombres con el fin de establecer un ordenamiento justo de la convivencia humana”. La norma es por tanto imperativa, impone un deber que puede ser positivo o negativo, y además es coercitiva, vale decir que se “impone” la manifestación de la conducta debida, incluso con la ayuda de la fuerza pública.

En consecuencia, el presidente del Senado ha desconocido la norma jurídica, lo que es incompatible con lo que significa su cargo como cabeza del legislador. Incumplió la norma que lo obliga a mantener el orden dentro del Congreso, y además pretende legitimar una conducta totalmente ilegal.

Ante esto me quedo con las palabras del mismo Ricardo Lagos respecto a lo sucedido: “si allí ocurren los hechos que ocurrieron la semana pasada, creo que no se está a la altura de lo que las instituciones le demandan a aquellos que las están encarnando”.