Derechos… ¡y deberes!: dos caras de una misma moneda
Michael Mayne-Nicholls K. | Sección: Política, Sociedad
Hoy en día es habitual escuchar hablar sobre los derechos fundamentales de la persona. Es evidente que debemos promover el respeto y la protección de las garantías y libertades que pertenecen a cada hombre, en cuanto expresión de su naturaleza propia. Nos referimos acá a la ley natural, a aquel conjunto de principios que vienen señalados en la misma naturaleza del hombre y que deben por éste ser cumplidos en pos de alcanzar aquel fin que le es propio. Es esta ley no escrita la que pone de manifiesto que los derechos naturales de cada hombre son la declaración de su dignidad intrínseca en cuanto persona, es decir, en cuanto animal racional único e irrepetible, dotado con el poder de la inteligencia y de la capacidad de ser libre.
El pregonar a viva voz por la protección de los derechos naturales de toda persona es una sana y necesaria tarea para todos aquellos que vivimos en este mundo; de ello no hay duda alguna, es una labor digna de alabanza y agradecimiento. Una sociedad se conforma de hombres, y por ello sobrevivirá sólo gracias al respeto mutuo de aquellos, gracias a la observancia de sus derechos, en fin, gracias a un comportamiento fraternal de unos con otros: sin esto se hace imposible la subsistencia del todo social. He ahí su importancia, por lo que no debemos olvidarnos nunca de ellos.
Sin embargo, en este bello discurso falta una pieza, algo que es de suma importancia y que ha sido peligrosamente dejado de lado: el deber. Sin deberes no podemos hablar de derechos, no podemos entender siquiera la verdadera naturaleza de estos; ambos conceptos son coprincipios, realidades inseparables que se fundamentan y necesitan mutuamente. El problema es que muchos lo hacen, exigen sus derechos y pelean por ellos con encomiable determinación, pero ¿y el cumplimiento de sus deberes, de sus responsabilidades? Es aquí donde comienza un patológico silencio que se vuelve corrosivo para la sociedad, y que está, en nuestros días, carcomiendo lentamente sus cimientos más profundos: en su legítima lucha en pos de sus derechos el ser humano se está olvidando de cumplir con sus deberes.
Toda sociedad humana tiene una causa finalis, un fin en común
La sociedad es más que una mera agrupación de hombres, es algo más que el simple factor cuantitativo, que una suma de individualidades yuxtapuestas. Dicha unión entre iguales se realiza con una intención común, con un fin del que todos participan, que todos comparten. Toda sociedad de hombres tiene una causa finalis, un fin que es, precisamente, la razón por la cual dicha sociedad fue formada. Ese fin es la intención primordial que provocó aquel movimiento de cada integrante que lo llevó a reunirse con otros y formar dicha sociedad de hombres.
Toda sociedad humana es tal porque cuenta con un fin que es la razón de la existencia de dicha sociedad. Si no existiera dicho fin en común no podríamos hablar de sociedad real. En el caso de la sociedad civil esa causa final es el Bien Común Político. La excelencia y superioridad de este bien radica en que sólo en la sociedad política el ciudadano encuentra todos aquellos bienes que le pertenecen en cuanto hombre, así como los medios necesarios para alcanzarlos.
Al estar todo nuestro ser involucrado, todo lo que somos, el bien común de la sociedad política será el bien más propio a nosotros. Nuestro desarrollo se encuentra comprometido completamente en ese bien común que compartimos con otros. Nuestra perfección depende de nuestra vida en sociedad, porque solamente en sociedad un hombre puede alcanzar todo lo que comprende su ser. Esa es la razón por la que el hombre forma parte de la sociedad: la búsqueda de una perfección que le es naturalmente propia y, al mismo tiempo, que comparte con el resto de su especie.
Nos estamos refiriendo a la visión clásica de la sociedad, donde ella es considerada como un todo orgánico: así como el bien del órgano está sólo en el todo –el organismo o cuerpo vivo– y por el todo, de esta misma manera el bien del individuo –el ciudadano– se encuentra respecto del bien del todo –la sociedad política–. Ahora bien, ¿se imaginan que uno de los órganos no cumpliera con la función que le es propia dentro del organismo? Sin duda que la salud de éste se vería afectada, deteriorada, pudiendo incluso causar su muerte (sólo piensen en la corrupción…). Esto mismo ocurre en aquel organismo que es la sociedad política: cada ciudadano posee ciertas tareas y funciones a cumplir en cuanto integrante de un grupo social; es decir, es responsable por el cumplimiento de una multitud de deberes que le son propios.
Dentro de este universo de deberes podemos diferenciar aquellos de carácter particular –como, por ejemplo, el deber de un médico con su paciente– de aquellos que transversalmente convocan la obligación universal de todo aquel que sea ciudadano, como es el respeto a las leyes y a los derechos del otro. Tal como en un organismo cada órgano tiene una función propia que le compete, cada una de estas funciones sociales pasa a ser una obligación a cumplir por cada uno de los ciudadanos, y sólo gracias a su cabal consecución se conservará la salud del todo social.
Derecho y deber, coprincipios
De esta manera, ser parte de una comunidad implica, de manera inherente, la posesión y protección de múltiples derechos, pero también de muchos deberes que deben ser cumplidos por cada uno de sus integrantes; y el fundamento de dicha exigencia es, como ya vimos, el Derecho Natural. Un buen ejemplo es el caso de una familia –la sociedad básica–: tenemos el derecho de casarnos, cómo, cuándo y con quién queramos –claro está, si es que somos correspondidos–, pero al hacerlo no solo contraemos matrimonio y los derechos que aquello conlleva, como el amor y la fidelidad de la otra persona, sino que también muchos deberes para con ella, como es el respeto, la manutención y protección de sus integrantes, etc. Todo aquel que se casa debe tener claro que, al momento de conformar esta nueva sociedad se adquieren –por la naturaleza propia de dicho acto– un sinnúmero de derechos, pero también de obligaciones que se deben cumplir –ineludiblemente– para que dicha sociedad alcance su fin propio, su bien común. Otro ejemplo, que una mujer quiera ser madre, en el sentido del derecho a engendrar una nueva vida, pero que no quiera aceptar el deber de cuidar, dar cariño, seguridad y educación a dicho hijo: esa contradicción refleja una relación inseparable entre derecho y deber.
Para explicarlo podemos utilizar la siguiente analogía: la relación entre estos dos conceptos funciona a la manera de un espejo, es decir, que todo derecho tiene por reflejo un deber. Por ejemplo, el artículo 19 de nuestra Constitución enseña que todo ciudadano tiene el derecho a la vida y su integridad física y psíquica. En este caso, el derecho que tenemos a que los otros respeten nuestra vida es, a la vez, el propio deber de cuidar la vida de los demás. Mi derecho es el mismo que el del otro, por lo que éste se transforma en un deber para mí.
Consideraciones finales
Como lo enseñó el papa Juan XXIII, los derechos fundamentales “están unidos en el hombre que los posee con otros tantos deberes, y unos y otros tienen en la ley natural, que los confiere o los impone, su origen, mantenimiento y vigor indestructibles” (1). Al compartir una misma naturaleza –la racional– compartimos, en consecuencia, derechos y deberes comunes; hay principios, normas, en fin, leyes que son requerimientos propios e inherentes a todos los hombres, y será solamente con su cumplimiento que se logrará la protección de esa naturaleza común, tanto de cada persona en particular como en su aspecto social. Son estos preceptos, entonces, los que hacen de la naturaleza humana el fundamento de las obligaciones éticas, del deber moral.
“En la sociedad humana, a un determinado derecho natural de cada hombre corresponde en los demás el deber de reconocerlo y respetarlo. Porque cualquier derecho fundamental del hombre recibe su fuerza moral obligatoria de la ley natural, que lo confiere e impone el correlativo deber. Por tanto, quienes al reivindicar sus derechos olvidan por completo sus deberes o no les dan la importancia debida, se asemejan a los que derriban con una mano lo que con la otra construyen.” (2)
Si queremos asegurar nuestros derechos, la mejor manera de lograrlo es cumpliendo con nuestros deberes. Es claro que el cumplimiento de nuestras obligaciones para con los otros será la mejor manera –la más sublime– de que los derechos de todo ciudadano estén protegidos y asegurados. Hay una regla de oro: si todos mis conciudadanos cumplen con sus deberes no hay forma de que mis derechos sean pasados a llevar. No nos quedemos, entonces, en la mera exigencia de aquellos beneficios que nos pertenecen. Cumplir con el deber es el primer y más importante paso para el logro de aquellos fines que nos corresponden, que nos definen y determinan en cuanto animales sociales; será el primer paso, entonces, para alcanzar nuestra perfección en cuanto seres humanos, en cuanto personas.
Derecho y deber son, por consiguiente, las dos caras de una misma moneda (y pareciera ser más razonable poner una mayor atención y preocupación por la segunda…).
Notas:
(1) Juan XXIII, Pacem in Terris, 28, CE 2539, OGM 218.
(2) Pacem in Terris, 30.




