Contraste

P. Raúl Hasbún | Sección: Educación, Política, Sociedad, Vida

Los rostros denotaban abatimiento, aflicción llorosa, impotente decepción. Razón y derecho habían sido derrotados por un voto. Apoyos múltiples y transversales, intervenciones clamorosas de la elite intelectual, negociaciones febriles, apelaciones a la juridicidad y a una visión de Estado: todo había resultado inútil ante la fuerza aplanadora y en bloque cerrado del voluntarismo ideológico, la miopía política y el maquiavelismo ético. Un académico experto en ingeniería y logística de la educación, siempre dispuesto a colaborar con gobiernos de cualquier signo, quedaba constitucionalmente impedido por cinco años para desempeñar cualquier función pública, fuere o no de elección popular, y expuesto a ser condenado penal y civilmente por el daño causado al Estado o a particulares. ¿Su delito? No haber fiscalizado, con la diligencia legalmente exigible, que la enseñanza superior reportara lucro a quienes la imparten o sostienen, aunque ese lucro hubiese contribuido a la mejor calidad de la enseñanza.

En los mismos días, a contar del Jueves Santo, se hacía público el Reglamento del Ministerio de Salud, firmado también por el Presidente de la República, que autoriza y obliga a todo facultativo o funcionario del sistema nacional de salud, sea público o privado, a entregar la “píldora del día después” que le sea solicitada por o en nombre de cualquier persona menor de 14 años; respetando como dato legalmente “sensible” su derecho a la confidencialidad. Han transcurrido tres semanas. Ningún miembro de elites intelectuales, ningún ente responsable de la educación, ningún partido ni poder del Estado ha manifestado inquietud, dudas o reservas de ilegalidad, ni convocado a exigir la revisión o declaración de nulidad del Reglamento. Si éste llegare a aplicarse, a partir del 28 de mayo todo funcionario del sector salud quedará potencialmente obligado a desacatar el fallo inapelable del Tribunal Constitucional, que en abril de 2008 prohibió la comercialización y distribución de esa píldora, en resguardo de la primera garantía constitucional: protección por ley del derecho a la vida. Centenares de vidas ya concebidas verán abortado su derecho a nacer. Miles de padres de familia, cuyos hijos son menores de edad y aún menores de 14 años, serán impedidos por el Estado de ejercer su derecho y deber constitucional de educar a sus hijos y responder por sus acciones; y condenados a vivir en permanente cavilación e impotencia ante el incentivo del Estado para que sus menores tengan sexo casual y confidencial. Decenas de miles de funcionarios del sector Salud serán obligados a incumplir su deber de denunciar, ante el Ministerio Público, la presumible existencia del delito de violación impropia, como lo es toda relación sexual de la que es parte un menor de 14 años. Varios millones de personas verán agredida por el Estado su garantizada libertad de conciencia y de culto.

No se ven rostros abatidos. Sólo el contraste clama al cielo.

 

 

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por Revista Humanitas, www.humanitas.cl.