La ley del imperio y el imperio de la ley
Hernán Felipe Errázuriz | Sección: Historia, Política, Sociedad
El imperio romano respetaba la ley romana —jus civile— y, también, el jus gentium de otras civilizaciones. Milenios después, hemos retrocedido. Estados Unidos aplica su propia ley para combatir el terrorismo fuera de sus fronteras. Hace algunos días, un avión no tripulado dirigido por la CIA ultimó en Yemen a Anwar al-Awlaki, alto dirigente de Al Qaeda. Estados Unidos sostiene que procedió preventiva y legalmente, en defensa propia ante una amenaza inminente. No estima haber contravenido el Estado de Derecho, que implica cumplir con la ley nacional y también con el derecho internacional.
Que el Presidente de los Estados Unidos esté autorizado por su Congreso para usar universal y unilateralmente toda la fuerza en contra de quienes estime que han participado en los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001 lo protege de enjuiciamientos internos. Pero no es claro que esté habilitado para proceder legalmente, con esa misma discrecionalidad, fuera de su país, donde debe actuar acorde con la ley internacional. Lo mismo vale respecto de la facultad presidencial para capturar (secuestrar) en el extranjero a los terroristas a fin de someterlos a investigación y procesarlos en otro país. Estas prácticas amagan la soberanía de otras naciones y contravienen el derecho a un debido proceso. Así lo resolvió la Corte Suprema de Gran Bretaña, que ordenó liberar a un terrorista capturado ilegalmente en Zimbawe, estimando que su secuestro transgredía de manera flagrante el derecho internacional.
Las excesivas facultades presidenciales estadounidenses no son recientes, y no ha sido el Presidente George W. Bush el único en utilizarlas. Su sucesor y Nobel de la Paz, Obama, las ha ejercido con igual firmeza. También sus predecesores, incluido el Presidente Clinton, emitieron directivas presidenciales para capturar criminales sospechosos, sin la cooperación del país de su residencia. Seguramente todos han experimentado la reticencia de gobiernos extranjeros a colaborar con Washington en la guerra contra el terrorismo.
La Corte Suprema de Estados Unidos ha corregido algunos de los excesos de las atribuciones para combatir el terrorismo: en tres sentencias (Rasul v. Bush, Hamdam v. Rumsfeld, y Boumediene v. Bush) declaró parcialmente su inconstitucionalidad, reconociendo el derecho de los extranjeros detenidos en Guantánamo a interponer el habeas corpus, a ser enjuiciados por tribunales civiles y a invocar la Convención de Ginebra para recibir un trato digno.
No existiendo tribunal internacional que pueda forzar a Estados Unidos a cumplir con la legislación internacional, es su Corte Suprema la responsable de que sus gobernantes no impongan la ley del más fuerte y se sometan al Estado de Derecho.
Nota: Este artículo fue publicado originalmente por El Mercurio de Santiago.




