¿Valió de algo el plebiscito de salida?

Max Silva A. | Sección: Política

No había terminado este segundo proceso constituyente al que hemos estado sometidos (el primero fue en el último gobierno de Bachelet), y a pocas horas de conocerse el aplastante triunfo del “Rechazo”, buena parte de nuestra clase política comenzaba a trazar las líneas de un tercer proceso, oliendo el resultado inminente del plebiscito. Todo lo cual obliga a hacer algunas preguntas y comentarios.

Una primera pregunta es por qué existe tanto apresuramiento para generar una nueva Constitución. Mal que mal, hay otros problemas mucho más graves y urgentes (económicos, de seguridad, etc.) que se enfrentan con leyes más que con constituciones, y donde quisiera verse al menos la mitad del empeño e interés que se pone en este nuevo proceso constituyente.

Otro aspecto de vital importancia es que de acuerdo con las reglas establecidas y aprobadas en el plebiscito de entrada, de ganar el “Rechazo”, sigue vigente la actual Constitución y se da por terminado el proceso constituyente. Por tanto, para iniciar otro, es imprescindible llamar a un nuevo plebiscito de entrada, a fin de que la ciudadanía se manifieste. O sea, es necesario consultar al “poder constituyente originario” (el pueblo), dado que los poderes Ejecutivo y Legislativo sólo tienen el “poder constituyente derivado”, que únicamente puede hacer reformas sobre el texto vigente, no iniciar por sí mismo un nuevo proceso. Se insiste en que este es un punto esencial. Y en el Derecho Público (donde estamos), sólo se puede hacer lo expresamente permitido por la Constitución y las leyes.

De nada vale, en nuestra opinión, apelar al 78% que en el plebiscito de entrada optó por un nuevo texto constitucional, al menos por dos razones. La primera, debido a lo señalado al principio (las reglas eran claras: si ganaba el “Rechazo” al final, se acababa el proceso; no se estaba dando un mandato “eterno” para hacer cuantos procesos constituyentes se quisieran). Y la segunda, es que claramente la legitimidad del plebiscito de entrada es menor que la del plebiscito de salida, pues en el primero hubo voto voluntario y en el segundo, obligatorio. Es por eso que el primero también debiera haber sido obligatorio; como no lo fue y sufragó cerca de la mitad del electorado, tiene por ello mucho menor representatividad.

Esto es importante, porque en la primera oportunidad, se ganó con 5.8 millones de votos; en cambio, el “Rechazo” último, ganó con 7.8 millones. Por tanto, no está tan claro que un “80%”, como se señala, quiera necesariamente una nueva Carta Fundamental.

En consecuencia, pretender que el poder constituyente derivado (el Congreso y el Presidente) inicie motu proprio un nuevo proceso constituyente sin consultarle a la ciudadanía es, al menos, una bofetada a la decisión popular (sobre todo dada la magnitud de la derrota del “Apruebo”), por mucho que se quieran justificar en el plebiscito de entrada, pues se insiste, no se estaba preguntando a la ciudadanía lo que ahora se quiere hacer.

Además, otro aspecto que hay que tener muy en cuenta es que el propósito de una Constitución no es sólo asentar las bases para una mejor vida de sus ciudadanos, sino tal vez más que eso, limitar el poder de los gobernantes, que fue precisamente el principal motivo histórico por el que surgieron las constituciones en su momento. 

¿Querrá decir lo anterior que nuestra clase política está tan interesada por limitar su propio poder que quiere actuar a la brevedad, incluso saltándose las reglas?

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por diario El Sur de Concepción. El autor es Doctor en Derecho y profesor de filosofía del derecho en la Universidad San Sebastián.