La ley no puede autorizar la eutanasia

José Joaquín Ugarte G. | Sección: Política, Vida

El profesor Carlos Peña, en la proximidad de la votación en la Cámara de Diputados del proyecto de ley de autorización de la eutanasia, da razones a favor de dicha ley. Quisiéramos formular observaciones a sus planteamientos en un asunto tan grave.

La médula de la argumentación del profesor Carlos Peña puede resumirse así: en situaciones límite, por lo doloroso que le resulta vivir a una persona, lo más respetuoso para con el valor de la vida es dejar que dicha persona le ponga fin. Ello porque tal valor consiste en poder modelar o configurar la vida uno mismo, y en la capacidad de decidir acerca de si continuar con vida o no. Esta visión debería prevalecer sobre la idea de que la vida es una cosa u objeto valioso en sí con prescindencia de cómo la experimente y sienta quien la vive. El Estado no tendría en esos casos límite por qué sustituir su voluntad a la del individuo. A esto replicamos:

1. El profesor Peña reconoce que una persona no puede disponer de su vida. En efecto, su propia argumentación supone de partida ese reconocimiento y el de que el Estado puede oponerse a que alguien disponga de su vida. Si no, ¿por qué exigir que se trate de casos límite? Si al individuo le es lícito disponer de su vida, no hay razón alguna para no autorizarlo a ponerle fin cómo y cuándo quiera, porque o es dueño de su vida o no lo es.

2. La vida no es valiosa por la capacidad de ponerle fin. Ninguna realidad puede valer por la posibilidad de su extinción. Si valiera por ella, carecería de valor.

3. La vida no es valiosa por la capacidad de configurarla el hombre a su voluntad. Ello, porque como enseña Aristóteles, para los vivientes su ser es su vivir: es decir, el viviente se identifica con su vida, y nadie puede configurar su vida o su ser en lo substancial, desde que nada es causa de sí mismo: la causa que explica el surgimiento de un ser y su actividad posterior tiene que ser previa y externa a él. La idea contraria es un espejismo. Solo Dios, el Creador, origina la vida de los seres humanos y guía su desenvolvimiento.

4. Nadie puede asegurar que la condición del viviente afligido por una situación extrema mejorará con la eutanasia. Como enseña la tradición filosófica (Platón en el Fedón, Aristóteles, Cicerón, etcétera), el alma es inmortal y tiene un destino eterno, y el logro del mismo estará influido por su obedecimiento a la ley del Creador.

El profesor Peña, por último, sostiene que la prohibición de la eutanasia obedece a la idea de que el Estado debería mantener la vida de las personas en estos casos límite, a cualquier costo. Ello no es así. Lo que está prohibido es realizar una acción que termine con la vida. Pero el deber positivo de poner los medios necesarios para conservarla se limita a los medios ordinarios o proporcionados: nadie está obligado —y nadie lo ha sostenido nunca— a emplear medios que importen gran dificultad, por ser muy dolorosos —operarse sin anestesia, por ejemplo— o muy ruinosos económicamente, etcétera. Esto es así porque toda obligación de actuar en determinado sentido tiene el límite que imponen otras obligaciones, como en este caso la de no someterse por la propia acción a dolores excesivos, o conservar el patrimonio para poder mantener a la familia, etcétera.

Finalmente, queremos observar que no resulta lógico desafiar el sentir de toda la tradición occidental, que por siglos ha excluido la licitud de la eutanasia, y pensar que en todo ese tiempo se ha actuado mal, conculcando el supuesto derecho a morir de quienes se ven afectados por sufrimientos muy grandes.

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por El Mercurio, el martes 20 de abril del 2021.