Imputados

Gonzalo Cordero | Sección: Política

La sociedad moderna, tan cuestionada por estos días, se basa en algunos principios fundamentales, tales como el ejercicio monopólico y reglado de la fuerza por parte del Estado; la virtud de la justicia como criterio ordenador de las relaciones sociales; y los derechos fundamentales como barrera infranqueable al ejercicio de cualquier forma de poder. Sin embargo, esa voluntad de dar a cada uno lo suyo -la justicia según la clásica definición de Ulpiano- se convierte en un objetivo complejo, objeto de disputa y, paradojalmente, algunas veces más oscurecido que iluminado por la ley.

Una patrulla naval fue víctima de un intento de atropello por los ocupantes de un vehículo que, violando el toque de queda, desobedecieron la voz de alto; ante dicha agresión, el personal militar disparó un balín de goma y un tiro de fogueo. Al dar cuenta del hecho en la unidad de Carabineros respectiva, el fiscal del Ministerio Público dispuso que se les tomara declaración, como imputados. De buenas a primeras, esto no parece razonable, y lo que no parece razonable tampoco se percibe como justo; pues la ley, siguiendo la sabia definición de Santo Tomás, no puede ser contraria a la razón.

El Ministerio Público parece considerar que atribuir la condición de imputado es un “beneficio”, pues de aquella condición se desprenden ciertos derechos, como guardar silencio o tener la asistencia de un abogado. De acuerdo a nuestra legislación procesal penal, imputado es aquel a quien se le “atribuye participación en un hecho punible”, pero esa atribución no puede ser arbitraria -el Estado moderno repele el arbitrio-, sino debe tener fundamento, algún indicio mínimo debe justificar que el poder punitivo del Estado se dirija contra determinadas personas, porque el poder público -nunca puede olvidarse- se ejerce sujeto a reglas racionales y justas.

Sin embargo, el Ministerio Público ha insistido que imputar es una atribución que le pertenece de manera incuestionable y la sala penal de la Corte Suprema le ha dado la razón. El ciudadano creyente en la justicia que hay en mí no puede sino discrepar y decir que algo anda muy mal aquí, ya que en el trato a esa patrulla naval se juega mucho más que meras disquisiciones filosóficas o “leguleyadas”.

Reprimir el uso legítimo de la fuerza por parte del Estado es tan grave como validar su uso abusivo, pues en ambos casos se expone a la indefensión a las personas comunes y corrientes, aquellos cuya única protección ante la delincuencia y el matonaje está en la legitimidad de la fuerza pública rectamente ejercida. Inhibirla es otra manera de alentar la anomia que sufrimos a contar de octubre del año pasado y de seguir socavando la racionalidad del poder, requisito indispensable de la justicia.

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por La Tercera, el sábado 13 de junio del 2020.