El Senador demócrata cristiano
Álvaro Ferrer | Sección: Política, Religión, Sociedad, Vida
El Senador demócrata cristiano Ignacio Walker recientemente ha dicho que tiene una favorable disposición respecto del proyecto de ley de aborto en discusión. Aún no ha manifestado que votará necesariamente a favor del mismo, pues dice estar abierto y dispuesto a escuchar todos los argumentos para ser persuadido. Curiosamente ha rechazado con fuerza la reciente carta del Comité Permanente de la Conferencia Episcopal de la Iglesia Católica, referida a la aprobación del proyecto de aborto por la Cámara de Diputados.
El Senador se reconoce públicamente como “católico, apostólico y romano”, dice respetar a la Jerarquía de la Iglesia y que trata de actuar en conformidad con el Magisterio. Sin embargo, argumenta que esta materia cabe dentro de la “justa autonomía de las realidades temporales”, según la cual la Jerarquía de la Iglesia no puede, bajo ningún aspecto, decir a un político cómo debería votar un proyecto de ley, y que, en definitiva, la cuestión atañe exclusivamente a su conciencia, “recta y formada”, a la cual debe obedecer.
Es cierto: el Senador debe obedecer a su conciencia. Pero no es tan claro que en esta materia la suya sea una conciencia recta y bien formada. Tal es la conciencia que juzga conforme a la verdad moral. Sólo esa conciencia, además, es auténticamente libre. La conciencia siempre juzga acorde a alguna norma o regla, y aquí caben dos alternativas: o se juzga conforme a la ley moral o contra ella. La conciencia errónea, mal formada, no es libre sino esclava del error. La autonomía que reclama el Senador para seguir su conciencia es, en realidad, consecuencia del relativismo ético, según el cual no existe verdad moral, y la ley conforme a la que juzga su conciencia no es otra que la que el sujeto se da a sí mismo: él se erige en regla y medida de la bondad y maldad de los actos humanos. Quiéralo o no, implica que se arroga el rol de legislador de la norma moral. Así, legisla “ad hoc”, dándose para cada caso la norma que justifica ante sí su conducta.
Este profuso “ánimo legislativo” nada tiene que ver con la enseñanza del Magisterio que el Senador dice conocer y seguir. El juicio de conciencia tiene, en efecto, un carácter imperativo, pero su autoridad y dignidad no provienen del mismo juicio, sino de su conformidad con la ley moral de la cual el Senador no es autor. Le sugiero leer con detención la Carta Encíclica Veritatis Splendor, en particular los numerales 60 y siguientes. Asimismo, bueno sería que releyera lo dispuesto en la Instrucción Donum Vitae Nº 1 y en la Carta Encíclica Evangelium Vitae Nº 60, para refrescar su buena formación respecto al respeto irrestricto que merece la vida humana naciente. A la luz de ello, le recomendaría también leer varias veces la Nota doctrinal de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre el compromiso y la conducta de los católicos en la política, en particular su numeral 4, en que expresamente se señala que los católicos que se comprometen directamente en la acción legislativa tienen la precisa obligación de oponerse a toda ley que atente contra la vida humana, valiendo para ellos la imposibilidad de participar en campañas de opinión a favor de semejantes leyes como la prohibición de apoyarlas con el propio voto.
Dirá el Senador que semejante prohibición es un resabio del “clericalismo”, pues la Iglesia estaría violando e invadiendo la justa autonomía de las realidades temporales al decir a un político cómo debe o no votar una ley. Pero se equivoca. La Iglesia reconoce la justa y legítima autonomía de las realidades temporales, siempre que por ella entendamos que la realidad tiene su propio fundamento ontológico y naturaleza, lo cual implica que el hombre debe reconocer y respetar ese orden, conforme al ser y verdad de las cosas (Gaudium et Spes Nº 36). Autonomía no es independencia y mucho menos carta blanca para pensar o hacer cualquier cosa, con mayor razón tratándose de un asunto tan grave. Y en esta materia, la verdad que alcanza la razón natural y que asimismo enseña y defiende la Iglesia es que el aborto procurado constituye siempre un acto intrínsecamente malo e injusto —un crimen nefando, según afirma San Juan Pablo II en Evangelium Vitae Nº 58 , y también la Encíclica Gaudium et Spes que tanto le gusta citar al Senador, en su Nº 51—, por el cual se elige deliberada y directamente matar a una persona inocente no nacida, verdad que no cambia frente a las dolorosas circunstancias contempladas en el proyecto de ley. Esa verdad natural debe ser conocida y respetada por el Senador para que su actuar se enmarque en la legítima y justa autonomía de su oficio parlamentario. La Iglesia, al prohibir a un político católico apoyar con su voto semejante injusticia no hace más que recordar, precisamente, esa realidad. Desconocerla y amparase en la autonomía de las realidades temporales es una excusa que nada tiene de justa y legítima.
Con todo, es necesario precisar que la reciente Carta del Comité Permanente de la Conferencia Episcopal no ha dicho a los Senadores cómo han de votar. Su numeral 4 es claro: sólo se espera que el Senado vuelva a estudiar en profundidad el proyecto aprobado por la Cámara. Es de esperar que el Senador lo estudie a fondo. Porque ha dicho que si éste fuera un proyecto de ley para legalizar el aborto, él lo votaría en contra en defensa del derecho a la vida. Y él mismo dijo en entrevista a el Diario la Tercera que “el proyecto de ley del Gobierno, más que despenalizar la interrupción del embarazo en tres casos, lo que hace es legalizar el aborto en esos tres casos”. Y tiene razón: el proyecto, aunque refiera a 3 causales, en cada una consagra un derecho subjetivo al aborto, el cual podrá ser reclamado como legítima prestación de salud, al punto que regula, a estos efectos, la objeción de conciencia del médico cirujano. Con ello, mas la estratégica derogación del actual artículo 119 del Código Sanitario —que prohíbe todo acto cuyo fin sea provocar un aborto— resulta evidente que el proyecto legaliza el aborto, estableciendo que el derecho a la vida del niño que está por nacer cederá siempre frente a la voluntad de la mujer manifestada en cualquiera de estos casos. En simple: el proyecto, en lo sustancial que no será modificado, consagra el derecho a matar a una persona inocente no nacida, sea como fin o como medio.
Todo lo anterior ya consta en la historia de la discusión legislativa, y sin duda será nuevamente expuesto durante la tramitación del proyecto en el Senado. Así, el Senador conocerá en detalle la realidad que confirma la legalización encubierta del derecho al aborto que este proyecto pretende y esconde. No podrá alegar “ignorancia invencible”. Por tanto, como hombre humilde y de buena fe; como católico, apostólico y romano; obedeciendo el dictamen de su conciencia recta y bien formada; juzgando conforme a la ley moral natural; y además escuchando dócilmente a sus Pastores y siguiendo el Magisterio claro e invariable de la Iglesia; a pesar de la presión de sus pares y del Gobierno, sin importar el costo político o las cuotas de poder, contra viento y marea, y dando ejemplo de auténtica virtud, es seguro que el Senador Ignacio Walker votará en contra de este proyecto de ley.
Nota: Este artículo fue publicado originalmente por El Demócrata, www.eldemocrata.cl.




