El aborto como crimen de lesa humanidad

Raúl Madrid | Sección: Política, Sociedad, Vida

En noviembre de 2011 el diputado Tucapel Jiménez (PPD), molesto porque el entonces alcalde de Providencia Cristián Labbé había realizado un homenaje a Miguel Krassnoff –condenado por delitos de lesa humanidad–, ingresó a la Cámara un proyecto de ley cuyo primer trámite tiene lugar hoy martes. Su único artículo sostiene que quienes públicamente nieguen, minimicen o condonen, intenten justificar o aprueben los crímenes de lesa humanidad o genocidios cometidos, particularmente, bajo el régimen militar que gobernó Chile entre los años 1973 y 1990, serán castigados con pena de cárcel.

Para que nos entendamos, un crimen de “lesa humanidad” es definido por el Estatuto de Roma (1998) como cualquiera de los actos siguientes, cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque: a) Asesinato; b) Exterminio; c) Esclavitud; d) Deportación o traslado forzoso de población; e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional; f) Tortura; g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado (confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población), esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable; h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional,; i) Desaparición forzada de personas; j) El crimen de apartheid; k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.

Leso”, explica la Real Academia de la Lengua, significa que se ha recibido una ofensa o daño. “Lesa humanidad”, por lo tanto, supone que se trata de un crimen que, por su naturaleza aberrante, ofende, agravia o injuria a toda la humanidad en su conjunto –y no sólo al afectado–; es lo que podríamos denominar un “crimen nefando”, es decir, indigno, torpe, del que no se puede hablar sin repugnancia y horror.

El proyecto arrastra un sinnúmero de problemas desde el punto de vista de la libertad de expresión de los ciudadanos, y concretamente en relación con un tipo específico de libertad de esta: la libertad de cátedra. Si el proyecto se aprueba, ningún historiador podrá disentir nunca de la versión oficial de la historia, cuestión que significa la mayor intervención del Estado sobre el pensamiento, y acarrea de paso la inutilidad de las universidades en todo lo que no estén de acuerdo con la versión dominante.

Lo único bueno de esta iniciativa, en mi opinión, es que, si se aprueba, impide con toda claridad seguir adelante con la tramitación del proyecto que legaliza la despenalización del aborto, pues se extiende a:

(1) Todos los que nieguen, minimicen o condonen, intenten justificar o aprueben los crímenes de lesa humanidad o genocidios, es decir, la aniquilación sistemática y deliberada de un grupo humano, en este caso, los que pretenden eliminar al grupo compuesto por las personas no nacidas, en base a ciertas circunstancias (supuesta inviabilidad, violación, etc.).

(2) Los que promuevan, defiendan o propongan el asesinato, el exterminio, la tortura, persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundado en razones de género.

¿Acaso las personas no nacidas no tienen una identidad propia, configurada por su carácter seres humanos de extrema vulnerabilidad, en dependencia absoluta de la madre? ¿No torturan los métodos abortivos? Los científicos han demostrado que el feto siente tempranamente dolor, y que a las veinte semanas puede responder a él igual que un recién nacido.

(3) Los que nieguen la maldad o realicen apología de otros actos inhumanos de carácter similar, que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física. Aquí está el núcleo del problema: está bien si queremos una sociedad donde los actos contrarios a la humanidad como un todo, es decir, contrarios al carácter humano, a la sensibilidad y compasión estén prohibidos (así como su apología), pero entonces hay que prohibirlos todos. No tiene sentido llamar a proteger un grupo, y luego aceptar el exterminio de otro. Esto es injusto y discriminatorio, y denota además una comprensión ideológica de la sociedad. Por suerte esta propuesta del PPD viene a poner las cosas en su lugar.

 

 

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por Chile B, www.chileb.cl.