Jueces incompetentes

Hernán Felipe Errázuriz | Sección: Historia, Sociedad

Ni chilenos ni bolivianos pueden estar conformes con lo resuelto ayer por la Corte de La Haya.

Contrariando el derecho y los tratados internacionales, los incompetentes jueces de La Haya se han arrogado una competencia que no tienen. Con su irresponsable proceder, los pomposos magistrados han acrecentado la desconfianza que merece la Corte de La Haya y reabierto las peticiones del retiro de Chile del Pacto de Bogotá, del cual han abusado.

Explicable es el amplio rechazo nacional de su sentencia por la que se han atribuido jurisdicción sobre un asunto que no tiene derecho a juzgar por estar resuelto por el Tratado de Paz de 1904 y que, además, le está prohibido de conocer por el artículo VI del Pacto de Bogotá de 1948, que les impide pronunciarse sobre acuerdos anteriores a esa fecha.

Para justificar su indebida intromisión nuevamente han recurrido a un artificio. Antes, en el fallo sobre delimitación marítima con Perú, inventaron un supuesto acuerdo tácito en cuanto a que el paralelo delimitatorio se extendía solo por 80 millas, en vez de las doscientas, que ambas partes reconocían en declaraciones concertadas y coincidentes. Ni Chile ni Perú habían sostenido ni reclamado algo semejante.

Ahora, desconociendo fallos anteriores, pretenden justificar su competencia argumentando que el objeto de la demanda es la obligación de negociar. Esta vez, infringen con su obligación, que reconocen en su jurisprudencia, de buscar el verdadero propósito de los demandantes, que en este caso no es otro que reclamar soberanía, ya resuelta por acuerdos suscritos por ambos Estados comparecientes.

La correcta interposición de la excepción preliminar de incompetencia que dispusiera la Presidenta de la República, y la sólida defensa del equipo liderado por el canciller Muñoz y encabezado por el agente Felipe Bulnes, han limitado los daños de la equivocada atribución de competencia de la Corte. En beneficio del interés nacional ha quedado salvaguardada la integridad y soberanía territorial de Chile.

La Corte se ha visto forzada a reconocer que, aun en el evento en que finalmente estableciera la existencia de una obligación de negociar, no le corresponde predeterminar el resultado de ninguna negociación que fuera consecuencia de tal eventual obligación.

Para decepción de Bolivia, su demanda ha quedado limitada a una simple negociación, desechando cualquier pretensión de lograr un fallo sobre cesión de soberanía. Y no podía ser de otra manera: ninguna Corte, ni siquiera la máxima autoridad de un país, puede disponer por sí sola de la soberanía sobre territorio nacional, sin la debida y expresa autorización y respeto de los preceptos constitucionales.

La Corte debió haber puesto término al juicio acogiendo la defensa chilena. En cambio, irresponsablemente ha prolongado innecesariamente un pleito que dañará por años las relaciones entre Chile y Bolivia.

En el transcurso del juicio que ha desencadenado este fallo equivocado, la Corte tiene la oportunidad de enmendar su proceder por el cual, en vez de fortalecer las negociaciones y prácticas diplomáticas, las debilita, por el riesgo de desnaturalizarlas y presumirles propósitos ausentes a la voluntad de las partes.

 

 

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por El Mercurio de Santiago.