Aborto o infanticidio: ¿dónde radica la diferencia?
Raúl Madrid | Sección: Política, Sociedad, Vida
Leo en un periódico digital que Melissa Bowen, una mujer de treinta y cuatro años natural de Prince Frederick (Estados Unidos) enfrenta una condena de diez años de cárcel, después de admitir que en dos ocasiones dio a luz un niño en un baño, y que los ahogó a ambos en el excusado.
La madre de la imputada descubrió, en marzo de 2012, el cuerpo sin vida del primero de estos infortunados niños en la maleta del auto, el cual incluso tenía todavía su cordón umbilical. La horrorizada abuela llamó a la policía, que interrogó a Bowen. Esta sostuvo inicialmente que el niño había nacido muerto; lo que fue desestimado por los forenses, quienes determinaron que en realidad había nacido perfectamente vivo y sano, y había muerto por asfixia.
Posteriormente, la policía encontró otro cadáver de un pequeño recién nacido, en el interior de una maleta perteneciente a la acusada. La mujer fue procesada en octubre recién pasado por homicidio en segundo grado.
En sus descargos, expresó que ya tiene tres niños, y que carecía de medios económicos para realizarse un aborto, razón por la cual habría procedido a eliminar a los dos pequeños. A modo de justificación, sostuvo que consideró las acciones positivas destinadas a ejecutar los infanticidios como análogas a aquellas por las que se realiza un aborto (y, siendo el aborto legal en Estados Unidos, por analogía también legal el infanticidio cometido).
Hasta aquí la relación del caso.
Puede que usted, lector, se sienta tan espantado como yo, después de leer esto. Sin embargo, le tengo una sorpresa: el razonamiento de la imputada es totalmente correcto; los equivocados son los jueces.
Y la razón es muy simple: si se autoriza a eliminar al niño dentro de la madre, ¿por qué no se va a poder eliminar fuera? No hace falta ser muy inteligente ni muy erudito para advertir la lucidez de esta conclusión. Puede parecernos horrible –porque claro, del niño ya nacido tenemos experiencia sensible, y nos produce compasión–, pero es una consecuencia impecable de la premisa que permite abortar.
De hecho, la misma conclusión se está comenzando a hacer en el plano académico. Udo Schüklenk, profesor de la Queen’s University de Ontario, considera moralmente aceptable causar la muerte a recién nacidos con discapacidad grave. Por su parte, un grupo de expertos en ética médica relacionados con la Universidad de Oxford ha asegurado que se debería permitir a los padres matar a sus hijos recién nacidos porque son “moralmente irrelevantes” y acabar con sus vidas no es diferente de abortarlos antes de nacer.
Los recién nacidos serían seres humanos pero no “personas” y por tanto no tendrían un derecho moral a la vida. Estos autores argumentan que el estatus moral de un infante sería equivalente al de un feto, en el sentido de que ambos carecerían de las características que hacen posible el derecho a la vida de los individuos racionales y autoconscientes. Más que personas, los recién nacidos serían sólo “personas en potencia”, por lo que tanto un niño en el vientre materno como un recién nacido serían ciertamente seres humanos, pero carecerían del derecho moral a vivir. Luego, habría seres humanos que no son personas, es decir, que no tienen derechos.
El infanticidio es una consecuencia lógica del aborto. La circunstancia de que esté fuera o dentro de la madre pasa a ser completamente accidental. Si las leyes norteamericanas permiten abortar, es cuestión de tiempo para que los jueces o los propios legisladores concluyan que no existe razón jurídica para prohibir el infanticidio. Sólo quedará acordar hasta qué edad se puede matar a los niños… por el momento.
Cuando le pregunten qué piensa del proyecto de despenalización del aborto propuesto por la señora Bachelet, acuérdese de qué va a terminar aprobando.
Nota: Este artículo fue publicado originalmente por Chile B, www.chileb.cl.




