Resquicios constitucionales
Axel Buchheister | Sección: Política
Durante la campaña presidencial creímos que cambiar la Constitución sería la tarea prioritaria del nuevo gobierno. Pero no ha sido así y el tema fue diferido para el próximo año. Y quizás nunca suceda, porque parece haberse optado por un camino más simple: dejarla en desuso. Es cosa de ver los proyectos de ley del Ejecutivo con creativos artilugios para saltarse la Carta Fundamental. Los legendarios resquicios.
En la reforma a la educación, aparte de hacerse tabla rasa con la libertad de enseñanza, hay una de esas ocurrencias. Se prohíbe que los colegios “lucren” con la subvención, lo que hasta ahora era válido. Como gran opción para los que creyeron en esa política, se les ofrece “vender” las instalaciones al Estado, mediante un elaborado mecanismo de pago a 12 años con un 4% de interés. La Constitución dice que si el Estado quiere expropiar un bien, debe pagar su valor real en dinero efectivo y al contado, cuyo monto es objetable ante tribunales. En el proyecto, el Estado acorrala al dueño para que entregue el bien, pero eso no es expropiación. Para avalar esto, se inventó el correspondiente argumento: los dueños compraron las instalaciones con la subvención, que son platas públicas. Una falacia, porque el beneficiario de la subvención es el alumno y lo que hizo el Estado fue pagar directamente al colegio por el servicio educacional que se le entregó a éste.
Luego tenemos la “ley corta de los puertos”. La cosa es así: hay una controversia pendiente entre trabajadores y empresas portuarias sobre si corresponde pagar el descanso durante la jornada. De acuerdo con la Constitución, las controversias las resuelven los tribunales y las leyes no pueden avocarse a ellas. Entonces, la ley armará un tinglado para hacerlo: aplica un impuesto a las empresas por carga movilizada y crea un fondo que “podrá recibir” recursos fiscales con cargo a la recaudación de ese tributo, el que pagará a los trabajadores un beneficio por haber prestado servicios sin pago por el descanso. Controversia resuelta por la ley, con cargo al patrimonio de una de las partes y sin las molestas demoras de un juicio. De paso se infringen principios constitucionales como la igualdad ante las cargas tributarias (es un impuesto que no paga nadie más) y la prohibición de afectar tributos a un fin determinado.
La ministra del Trabajo nos ilustra también respecto del proyecto en estudio sobre negociación colectiva, que únicamente podrá materializar el sindicato más “representativo” de la empresa. La Constitución –porfiada a esta altura– establece la libertad de sindicación, que significa que se es libre para pertenecer a cualquier sindicato. Pero si sólo uno de ellos podrá concretar lo que en el hecho es la finalidad más relevante de un sindicato: ¿a cuál decidiría usted “libremente” pertenecer?
En cualquier democracia seria la oposición política estaría haciendo una tormenta por todo esto. No en Chile, en que la preocupación de los partidos de centroderecha está en cosas más prioritarias, como decidir qué luz verde se le dará a la marihuana o de otras yerbas similares.
Nota: Este artículo fue publicado originalmente por La Tercera.




