El lucro no es pecado (pero a veces es delito)

Manfred Svensson | Sección: Educación, Política, Sociedad

La Primera Dama expresó la semana pasada que el lucro no es pecado. Así, en abstracto, la afirmación obviamente es verdadera. La reacción, sin embargo, era predecible: si bien la mitad de Chile creía que ya era hora de escuchar eso, la otra mitad lo tomó como una confirmación de que sus demandas no estaban siendo tomadas en serio. Tal vez su uso de terminología teológica, que algunos considerarán fuera de lugar, nos ayude a poner más claridad en la discusión. Después de todo, la mención misma del pecado invita a su distinción respecto del delito. Siendo que el lucro, considerado en abstracto, no es pecado, ¿no tendrá sentido preguntarse por qué a veces es delito? En Chile, en efecto, lo es en algunos campos y no en otros. Es delito, por ejemplo, en la educación universitaria, no en el caso de las escuelas particulares subvencionadas.

¿Se trata de una distinción arbitraria? Así lo consideran algunos actores de la actual discusión. Alberto Mayol, por ejemplo, cree que la prohibición del lucro en las universidades privadas sólo es un “acto de vergüenza” por haberlo permitido en el resto de la educación (No al lucro, p. 56). ¿Es así, o se trata de una distinción defendible? La pregunta no parece inapropiada, pues el mismo Mayol aclara en ocasiones que lo suyo no es negar por principio la legitimidad de “ganar algo a partir de lo que se hace” (p. 331). Parece claro, por ejemplo, que se puede hacer pan con fines de lucro y mantener la calidad del mismo. ¿Se puede, entonces, hacer eso en la educación? Aquí es donde la diferencia entre educación universitaria y educación escolar puede ser significativa: son de naturaleza distinta, y tal vez dicha diferencia amerite la permisibilidad del lucro en un caso y no en el otro, que es como de hecho lo resuelve Chile… en el papel.

Porque de facto lo que hemos hecho es permitir el lucro en la educación universitaria, con lo cual la naturaleza de ésta parece verse modificada. En muchos casos, en efecto, ha pasado de ser educación “superior”, a “terciaria” (el paso que viene tras la secundaria, pero que no llega a ser superior), suministrada por cadenas masivas de baja calidad. ¿Tenemos tales cadenas masivas en la educación escolar? El fenómeno existe ahí también, pero coexiste con una realidad más variada en su calidad: hay buenos colegios subvencionados con fines de lucro, cosa que no ocurre con las universidades; cabe además preguntarse si se da en una escala comparable a la educación superior, y si acaso lo que ocurre no es evitable perfeccionando la normativa en lugar de cambiarla radicalmente.

Que la prohibición del lucro se haya limitado a la educación universitaria no parece pues obedecer a un acto de vergüenza, sino a que en 1981 se tuviera claro (como no lo tienen todos en la derecha hoy) lo que sin tal prohibición le ocurriría a la educación universitaria. ¿Ocurrirá necesariamente lo mismo con la educación escolar si ahí se sigue permitiendo el lucro? ¿O se trata de dos tipos de educación suficientemente distintos como para analizarlos por separado? Me parece que eso al menos puede considerarse como una cuestión abierta, digna de debate. La educación escolar se puede impartir bien con un gasto muy menor a la universitaria (entre otras cosas porque no incluye investigación), lo que permite que en este caso la existencia de excedentes a retirar tal vez no implique de modo necesario un perjuicio para la calidad.

Las diferencias entre estos dos tipos de educación parecen pues invitar a considerar de modo sereno si acaso la distinción que permite el lucro a unos y no a los otros realmente es arbitraria. Responder adecuadamente a tal cuestión exige al menos obligarnos a no abordar los dos tipos de educación en bloque, a indicar qué argumentos pretenden validez en ambos campos y cuáles se aplican sólo a uno de los dos escenarios. Eso podría contribuir a poner bastante orden en la actual discusión, en la que izquierda y derecha, al menos en los casos más audibles, se aglutinan o entre permitir el lucro en ambos campos o prohibirlo en ambos. Distinguir permitiría también una evaluación más diferenciada del movimiento estudiantil, en lugar de tener una población que en relación al mismo oscile pendularmente entre amor y hastío. En el caso de la educación universitaria, el movimiento estudiantil ha estado simplemente pidiendo que se cumpla la ley, en el caso de la educación escolar ha pedido que se cambie la ley. Eso debiera llamarnos a asentimiento en el primer caso, y seria consideración en el segundo. Pero una consideración seria estará precisamente atenta a las diferencias entre los dos escenarios, los abordará según sus méritos respectivos y no según un simple “no al lucro” por un lado ni “el lucro no es pecado” por el otro.

 

 

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por el autor en su blog, http://manfredsvensson.blogspot.com.