A vueltas con la discriminación

Ignacio Covarrubias Cuevas y Julio Alvear Téllez | Sección: Sociedad

Doña Valentina Verbal, de la Fundación Iguales, tercia en nuestra polémica del día 11 y sostiene que la identidad de género ha sido reconocida por vía jurisprudencial en el caso que indica (Grant con Reino Unido, Nº 32570/03), resuelto por la Corte Europea de Derechos Humanos el año 2006.

Es necesario ser prolijos. La aludida sentencia confirma que la “identidad de género” no ha sido incorporada formalmente como una categoría universalmente protegida. Más aun: el fallo rechaza explícitamente la pretensión de la reclamante de que se reconozca una infracción al artículo 14 de la Convención Europea de Derechos (párr. 47 B), disposición que prohíbe diferenciar en virtud de los tradicionales criterios de no discriminación. Este punto aleja cualquier intento de admisibilidad general de un supuesto derecho a la “identidad de género”, en el sentido fuerte del término.

Lo que discierne la Corte Europea en este caso es que existe una falta “de reconocimiento legal” del interés de la reclamante respecto de “su cambio de género” (de hombre a mujer luego de una intervención quirúrgica) para los efectos de conseguir su pensión a los 60 y no a los 65 años.  Esta “falta de reconocimiento” es identificada por la Corte como una violación del derecho a la vida privada (art. 8 de la Convención) y no como una vulneración al principio de igualdad.

Por otro lado, extraña que a modo de presentación en sociedad, doña Valentina defina la “identidad de género” como una mera “vivencia diferente del sexo biológico”. Sabemos que es mucho más que eso, aunque desconocemos si en Chile quienes defienden así esta categoría suscriben todas sus consecuencias lógicas en el orden de las ideas.

La teoría de género (igualdad de género/ perspectiva de género) es una doctrina radical, de fondo posestructuralista y neomarxista, que pretende licuar la distinción heterosexual al interior de la familia y de la sociedad. ¿Su estrategia? La mutación impositiva del lenguaje y los cursos de “re-educación” (como impúdicamente ordena la sentencia de la CIDH en el Caso Atala, VIII, 5). Sin ir más lejos, es lo que propuso a nivel político la ex Presidenta de Islandia Vigdis Finnbogadottir en la IV Conferencia de las Naciones Unidas de Beijing (1995). E intentó imponer, por ejemplo, la ex Ministra española de Igualdad, Bibiana Aído (hoy en la ONU), junto a la Federación de Enseñanza UGT (socialista), mediante el plan “re-educando en la igualdad” (2010) dirigido a adoctrinar a los niños. En pocos meses abandonó el cargo.

Las otras dos afirmaciones de doña Valentina –que la referida categoría ha sido incorporada a la controvertida Ley Antidiscriminación (en trámite) y a la sentencia del caso Atala (de claro sesgo totalitario)– aunque de sumo interés, difieren de lo abordado en nuestra carta, por lo que no nos referiremos por ahora a ellas.

Mientras tanto, seguimos esperando la respuesta del Sr. Jaime Pérez, delegado en Chile de la Unión Europea, a nuestras inquietudes.