Dar que pensar

José Francisco Serrano Oceja | Sección: Sociedad

Hay hechos, citas, testimonios, que dan que pensar, con permiso de Gadamer. Pongamos por caso el siguiente ejemplo, que debo a mi apreciada Elena Otero Novas, en la presentación de un libro de mi admirado amigo José Ramón Recuero.

Fijémonos en la vida y obra de Radbruch, conocido hombre público y profesor de Derecho en varias Universidades alemanas, y Ministro de Justicia de la Alemania de Weimar (1921/1923); quien desde una posición relativista y positivista, que inspiró la legislación de la  República de Weimar, asiste primero a la llegada al poder del nacismo, por cauces legales, y en un segundo momento, indefenso e impotente, al fenómeno de un Gobierno que impulsaba, de forma supuestamente legal, las mayores arbitrariedades, crueldades e injusticias imaginables; y es precisamente a partir de esta experiencia, cuando evoluciona hacia posiciones iusnaturalistas.

Y así, en una reflexión filosófico-jurídica, que publica bajo el título de “Primera toma de posición luego del desastre de 1945”, Radbruch nos interpela de un modo que, por ser rabiosamente actual, no me resisto a leerles:

Una orden es una orden, tal cosa vale para los soldados. La ley es la ley, dice el jurista. Mientras que para el soldado el deber y el derecho cesan de requerir obediencia cuando él sabe que la orden persigue un crimen o una falta, no conoce el jurista, desde que hace unos cien años se extinguieron los últimos iusnaturalistas entre los juristas, ninguna excepción respecto de la validez de la ley y la obediencia de los sometidos a la ley. La ley vale porque es ley, y es ley cuando ella, en la generalidad de los casos, tiene el poder de imponerse.

Esta concepción de la ley y su validez (nosotros la llamamos doctrina positivista) ha vuelto tanto a los juristas como a los pueblos indefensos contra leyes, por más arbitrarias, crueles y criminales que ellas sean. Equipara en última instancia el derecho al poder: sólo donde se halla el poder, allí existe el derecho.

En otro momento, en el libro ya citado “El hombre y el Derecho”, colección de conferencias y artículos seleccionados de Radbruch sobre cuestiones fundamentales del Derecho, versión traducida al español de Ediciones Depalma, Buenos Aires, 1980 (pp. 121 y ss), continúa diciendo que: “Se ha querido complementar o sustituir esta proposición por otra: derecho es lo que aprovecha al pueblo… Esto significa, prácticamente: lo que se le ocurra ser de utilidad común al detentador del poder del Estado, … penas sin ley y sin juicio, muerte sin ley de los enfermos, son derecho. Esto puede querer decir: El provecho propio del sujeto dominante es considerado como beneficio común (bien común). De este modo la equiparación del derecho, con un presunto o supuesto beneficio público, ha transformado un Estado de Derecho en un Estado injusto… El Derecho es voluntad de justicia… Si las leyes deniegan la voluntad de justicia de modo consciente (por ejemplo, si los derechos humanos son arbitrariamente atribuidos como denegados), entonces estas leyes carecen de validez, entonces el pueblo no les debe obediencia alguna, entonces deben también los juristas encontrar el valor suficiente para negarles carácter jurídico”.

 

 

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por Análisis Digital, www.analisisdigital.com.