Ley natural y democracia

Claudio Arqueros | Sección: Política, Sociedad

No es un secreto ni una novedad señalar que en nuestras sociedades democráticas occidentales cada vez crece con más fuerza, en la manifestación de su convivencia, la tendencia de que lo correcto o lo que los diferentes gobiernos debiesen decidir en diferentes materias públicas, se ciña a lo que quieran las mayorías o los más fuertes, convirtiendo estos criterios en los parámetros para establecer lo que es bueno o malo para nuestras democracias, es decir, vivimos nuestra convivencia democrática bajo el imperio del relativismo ético, donde impera el valor de la opinión pública sin importar si dicha opinión se ajusta a la verdad o al bien común. Sin embargo, sabemos que dichos criterios atentan contra la ley natural, es decir, la tendencia predominante en nuestras sociedades tiene como objeto reprimir las raíces del orden en cuanto fundamentadas estas en la ley natural, cuestión que nos lleva a hacernos una pregunta medular, la cual se refiere a responder si ¿es (o debe ser) la ley natural fundamento de la democracia?

Nuestra respuesta no tardará en ser afirmativa, y, en relación a lo explicitado en la premisa inicial de este escrito, la otra pregunta que necesariamente debemos arrojarnos a responder, es ¿Por qué motivos y de qué modos se obstaculizan esta relación entre ley natural y democracia?, cuestión que nos llevará a encontrar respuesta en el positivismo jurídico y en ya nombrado relativismo ético.

En ese sentido, consideramos que lo primero que debemos hacer es definir qué es ley natural y qué es la democracia, con el objeto establecer el vínculo que afirmamos tienen ambas y justificar por qué una es fundamento de la otra. Luego, en relación a la segunda pregunta, describir qué son el positivismo jurídico (contexto en que surge) y el relativismo ético. Finalmente demostrar de qué modo ambos obstaculizan la relación entre ley natural y democracia.

La expresión Ley natural, en principio, es atribuida a un orden racional del mundo, tanto en el ámbito físico y material, como en el específicamente humano. En el primer ámbito, la racionalidad del universo implica que puede ser entendido mediante leyes de la naturaleza, mientras que en el segundo se refiere a un orden moral con el que toda ley humana positiva debe conformarse. En palabras del Papa Benedicto XVI, la ley natural es esa «norma escrita por el Creador en el corazón del hombre» que le permite distinguir el bien del mal.

Por su parte, el concepto Democracia responde a un tipo de organización de grupos de personas, la cual posee como nota distintiva principal el hecho que todos los ciudadanos tienen derecho a elegir a algunas de sus autoridades, generando así que las decisiones se basen en la voluntad colectiva de sus integrantes.

Ahora bien, lo que corresponde ahora es señalar si es efectivamente la ley natural fundamento de la democracia, y por qué, veamos.

Si bien la ley natural no está escrita, ella existe como una inspiración de las legislaciones positivas, a partir de intuiciones éticas básicas de las cuales vemos resultados y conclusiones que a veces son correctas y otras no. Los contenidos a los que apuntan dichas legislaciones e instituciones recogen valores universales, y el hecho de que sean reconocidos depende el respeto a la dignidad humana. La ley natural se refiere a dicha universalidad, y por esto es recurrida cuando es necesario defender la realidad de principios éticos de carácter universal. De este modo, cuando nos referimos a la ley natural, necesariamente nos remitimos a ciertos principios morales básicos, cuya vigencia no depende de ninguna autoridad política o eclesiástica, pues precede a ambas. Podríamos decir que la ley natural, por sólo ser humanos, viene con nosotros.

Sin embargo, al no admitir que existe una ley natural, corremos el riesgo que la democracia pase a ser una tiranía, y que la dignidad del ser humano sea violada por intereses egoístas. Los ejercicios democráticos son importantes, pero su sustento no es por sí mismos, tampoco garantizan por sí mismos la legitimidad moral de un régimen, ya que dicha legitimidad depende fundamentalmente del hecho de si respeta o no el bien humano, cuestión que se hace absolutamente imposible si no es respetada la ley natural. Por eso, como hemos ya señalado, aún no estando escrita, está llamada a que impulse las leyes que sí están escritas.

Pero, además fundamenta la democracia pues, justamente aquello que nos hace iguales es el hecho de que todos somos humanos, de que poseemos la misma naturaleza y reconocemos la misma “ley” que nos prescribe hacer el bien y evitar el mal, y aún cuando efectivamente sabemos que no basta sólo esto para elaborar y levantar un régimen como la democracia, la ley natural sí al menos nos impulsa a concretar los modos de organizar nuestra convivencia social, entre los cuales se encuentra la democracia.

Sin embargo, la democracia no es incorruptible, todo lo contrario, y esto ocurre cuando se violan los diferentes mecanismos y normas que existen para proteger la democracia o cuando el compromiso entre los ciudadanos con el bien del hombre es olvidado o no respetado (leyes que atentan contra la integridad humana).

Ahora bien, ¿de qué modo se ha pasado a llevar el compromiso entre ciudadanos con el bien del hombre?, dicho de otro modo, ¿por qué motivos y de qué modos se obstaculizan esta relación entre ley natural y democracia?

Sucede que lo que predomina es una concepción del derecho más bien positivista (positivismo jurídico), en donde, a partir de sus principios, los intereses individuales y privados, se entienden como derechos. Para esta corriente la ley válida es un mandato del soberano que encuentra su respaldo en una obediencia habitual, reconociendo esto como un fenómeno social, es decir, donde la autoridad e inspiración de la ley es una autoridad humana, en donde cualquier fuente o inspiración metafísica es desechada. Así, por ejemplo, si la mayoría de los ciudadanos de un país consideran o están de acuerdo con el hecho de que las uniones de hechos deben ser legisladas porque una parte importante de las personas conviven bajo dicha situación, entonces debería legislarse para regular dicha situación, o si la mayoría está de acuerdo con aprobar una ley de aborto terapéutico entonces se debiese dar pie a dicha idea (sin importar en ambos casos si atenta o no contra la ley natural aquella ley). Esto, porque la ley positiva no tendría una ley natural que la presida.

Esta tendencia, no obstante, tendría su origen en el relativismo ético, tendencia considerada incluso por algunos como soporte de la democracia, ya que, el relativismo sería supuestamente garante de la tolerancia y el respeto. El Relativismo propone que las verdades son provisionales o relativas, esto por el hecho de la imposibilidad para el hombre de alcanzar verdades definitivas o absolutas, cualquiera que sea el ámbito en que nos movamos. Nietzsche ya se reconocía como tal en oposición al cristianismo y al pensamiento metafísico. Así, el ser humano, la sociedad, o incluso el parecer de la mayoría va a pasar a ser fuente principal de la ley, dejando al descubierto que lo que prima no es la búsqueda del bien, sino, únicamente la del poder (o la ecuanimidad de poderes).

Los riegos del relativismo, dados por su tolerancia negativa, consisten en que fomenta la idea de que vale opinar cualquier cosa, sin la necesidad de responder ante instancias objetivas, instalando las convicciones en la pura subjetividad, con lo que el entendimiento mutuo se torna más difícil, y el fanatismo puede volver inesperadamente por sus fueros perdidos, por cuanto cualquier idea puede reclamar su validez. En la medida que estas prácticas y valoraciones determinan una imagen de la realidad para las masas, el relativismo gnóstico crea un mundo de ensueño que constituye a la vez una fuerza social que presiona sobre las autoridades y las políticas que deben dictar. Así vemos por ejemplo la presión en materias de demandas de uniones homosexuales, en demandas de adopción de hijos por homosexuales, en demandas de abortos, etc.

Sin embargo, no es que la democracia, fundamentada en la ley natural, no quiera la tolerancia, lo que sucede es que podemos reconocer dos tipos de tolerancia: una positiva, que es firmeza de principios y se opone a la indebida exclusión de lo diferente; y otra más bien negativa, como indulgencia culpable, condescendencia con el error, que se opone a la justa exclusión de lo que puede hacer daño a las personas o a la sociedad. Nosotros consideramos que nuestras sociedades democráticas sufren de exceso de tolerancia en sentido negativo.

Por todo lo señalado es que la ley natural es y debe ser garante para vivir en forma libre y respetando la dignidad del ser humano, pues queda al margen ella de todo interés o arbitrio de poderes o ideologías. Por esto mismo es que, cualquier distanciamiento de ella hiere en forma radical el fundamento de la democracia.