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Municipalidades y estado de derecho

De un tiempo a esta parte, los alcaldes se han posicionado como figuras políticas cuya presencia a nivel nacional ya la querrían muchos diputados y senadores. Así, no es extraño que los partidos políticos miren a sus ediles a la hora de barajar las cartas para apostar a la presidencia. Con todo, hay un problema en la manera en que los alcaldes irrumpen en la contingencia, pues muchas veces lo hacen a propósito de medidas que adoptan al margen de lo que la ley les permite.

Este problema puede ser abordado desde dos perspectivas: una jurídica y otra política. Desde el punto de vista jurídico, el problema es de competencia. Las municipalidades cuentan con la facultad de dictar ordenanzas, a través de las cuales fijan normas generales y obligatorias para la comunidad, cuya infracción pueden sancionar con multas. Como es obvio, estas ordenanzas deben referirse a las materias que se encuentran dentro de la esfera de atribuciones que la ley establece. Y aquí radica el problema, pues no son pocos los casos en que se aprueban disposiciones sin fundamento legal.

Los ejemplos se han ido multiplicando conforme aumenta la creatividad de los alcaldes. En diciembre de 2018, la Contraloría determinó que una serie de disposiciones de la ordenanza sobre no discriminación arbitraria de la Municipalidad de Concepción eran ilegales, entre otras cosas, porque el municipio se atribuía la competencia para determinar si una actuación vulnera o no la dignidad de la persona, potestad que en realidad es privativa de los tribunales de justicia. En abril del mismo año, la Contraloría también dictaminó que la disposición de la ordenanza ambiental de la Municipalidad de Recoleta que prohibía el rodeo era ilegal, dado que este se trata de una actividad deportiva reconocida por el ordenamiento jurídico. Por su parte, la Corte de Apelaciones de Santiago dejó sin efecto el mes pasado la ordenanza de la Municipalidad de Las Condes que determinaba zonas libres de humo en parques y plazas, por exceder los márgenes de actuación legal.

Desde el punto de vista político, el problema no se queda atrás. Las consecuencias de que los consejos municipales adopten medidas que deben ser resueltas en sede legislativa tiene múltiples inconvenientes, comenzando por la tensión que se genera entre los parlamentarios y los alcaldes y concejales. Pero lo más problemático es el argumento que subyace a este fenómeno: se ha dicho que, debido a que los alcaldes palpan con más precisión las necesidades de las personas, no deberían estar limitados a la hora de adoptar medidas que tiendan a satisfacerlas (más aún cuando ellas reciben apoyo ciudadano, como ocurre con el toque de queda). En otras palabras, esto significa que las formas y procedimientos, que son un resguardo fundamental de toda democracia y Estado de Derecho, pueden ser obviados en ciertas circunstancias. En este punto, el buenismo y la ilegalidad tienden a adoptar el mismo rostro.

Nota: Este artículo fue publicado originalmente por El Líbero en  https://ellibero.cl/opinion/cristobal-aguilera-muncipalidades-y-estado-de-derecho/, el jueves 11 de julio de 2019.