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	<title>VivaChile.org &#187; Familia</title>
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		<title>Buen verano</title>
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		<pubDate>Sat, 14 Jan 2012 00:09:44 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Familia]]></category>
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		<description><![CDATA[A pesar de todos los atractivos que vienen desde fuera, el período de vacaciones de verano es una época muy propicia para trabajar la existencia hacia adentro.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2012/01/02-foto-11.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16393" title="#02-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2012/01/02-foto-11.jpg" alt="" width="200" height="300" /></a>A pesar de todos los atractivos que vienen desde fuera, el período de vacaciones de verano es una época muy propicia para trabajar la existencia hacia adentro.</p>
<p>En primer lugar, para afianzar la vida matrimonial y familiar. Son días en que se pueden desplegar –mucho mejor que durante el año laboral– unos ojos bien abiertos, unos oídos atentos y una boca dispuesta a hablar cuando corresponda.</p>
<p>Hay que fijarse bien desde el primer día en las personas con las que se forma familia, en cómo están, en qué necesitan. En buena medida el descanso estival dependerá de una actitud centrada en los demás y algo ausente respecto del propio yo.</p>
<p>Esa misma orientación permitirá descubrir y cultivar nuevas amistades –ya fuera de la propia familia– sorprenderse ante los dolores ajenos que no se conocían, cambiar de actitud frente a una persona a la que se había rechazado y a la que ahora se podrá conocer mejor.</p>
<p>Es tiempo, también, de un mejor desarrollo cultural. Será ocasión de organizar alguna conversación o ciclo artístico o de pensamiento, histórico o espiritual, que ayude a mejorar el nivel de los asistentes y que, de paso, les ayude a combatir el embotamiento en que muchos veraneantes caen. Resulta especialmente apasionante intentarlo con jóvenes, movilizarlos hacia una… formación cultural gratuita y de calidad.</p>
<p>Así, de paso, se contribuirá a mejorar el nivel humano en todas las personas, demostrando que no es cosa definitiva el deterioro del lenguaje, la chabacanería en la presentación personal, la banalidad en los temas de conversación, el despilfarro del tiempo, etc.</p>
<p>Para los creyentes, todo lo anterior si está bien fundamentado en una relación personal con Dios, será ocasión también de su propio desarrollo integral.</p>
<p>Por supuesto que todo depende en buena medida de una adecuada planificación de los días de descanso: el lugar, la duración, los tipos de actividades, un horario que contemple ordenadamente las diversas posibilidades, las visitas a lugares culturales, el deporte, un adecuado uso de los bienes y del dinero, etc., son factores que cualquiera puede analizar y prever.</p>
<p>No se trata de una planilla <em>excel</em>; se trata del sentido común.</p>
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		<title>Quién educa realmente a nuestros hijos</title>
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		<pubDate>Sat, 07 Jan 2012 00:05:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Sociedad]]></category>

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		<description><![CDATA[La educación afectivo-sexual es una tarea compleja hoy en día, porque el entorno hace que muchos jóvenes sean “analfabetos afectivos” que únicamente viven intentando satisfacer sus deseos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2012/01/06-foto-1.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16265" title="#06-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2012/01/06-foto-1.jpg" alt="" width="200" height="267" /></a>El pasado día 10 noviembre estuvo en Gaztelueta el Dr. Jokin de Irala, vicedecano de Formación Médica, Investigación y Postgrado de la Universidad de Navarra, invitado por la Fundación Gaztelueta. Su charla “<em>Quién educa realmente a nuestros hijos</em>” fue de gran interés para los padres. Por ello, desde “<em>Gaztelueta al Día</em>” hemos querido hacerle una pequeña entrevista.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>El adolescente en su proceso de maduración personal necesita referentes sólidos. ¿Qué papel desempeñan los padres en esta etapa de sus vidas?</em></strong></p>
<p>Los padres tienen un papel fundamental en la educación afectivo-sexual de sus hijos, porque son quienes mejor les conocen y porque desde el amor, la cercanía y el trato diario pueden ayudar mejor a un joven a formar su carácter y prepararse para el amor sólido. Es una tarea compleja hoy en día, porque el entorno más bien está consiguiendo que muchos jóvenes sean <em>“analfabetos afectivos”</em> que únicamente viven intentando satisfacer sus deseos. Por eso es importante que los padres actualicemos nuestra formación para estar mejor preparados para responder a los retos educativos actuales.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>La afectividad se educa desde la cuna ¿Qué importancia tiene una formación en valores en una adecuada educación de la afectividad?</em></strong></p>
<p>Toda educación se basa, lo hagan explícito o no los educadores, en un concepto concreto de <em>“ser humano”</em>, es decir en una antropología concreta. No existe una educación sexual <em>“neutra”</em>. Los padres podemos tener conceptos diferentes de lo que significa el ser humano y por lo tanto podemos darle más importancia a unos valores frente a otros. Por eso es importante empezar dejando claro los valores que queremos transmitir. La antropología que conceptualiza al ser humano como un ser bio, psico social con capacidad de apertura a la trascendencia concibe la educación sexual como una preparación para el amor.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>En la adolescencia los chicos y las chicas afianzan primeramente las relaciones con amigos de su mismo sexo como fase previa a establecer relaciones con los adolescentes del otro sexo. ¿Cómo podemos los padres y educadores ayudarles a reconocer a los buenos amigos y a que ellos mismos sean buenos amigos para los demás?</em></strong></p>
<p>Pienso que es crucial evitar el emparejamiento precoz. La sociedad actual transmite la idea de que no hay ningún problema en que los jóvenes se emparejen incluso antes de la pubertad. Esto está lleno de riesgos y no suele beneficiar al joven. Creo que la mejor ayuda que podemos aportar a nuestros hijos es en primer lugar decirles que es mejor que esperen a la mayoría de edad para salir con alguien en pareja. Pero esta afirmación debe ir acompañada de las explicaciones pertinentes para que entiendan que es lo que más les va ayudar a madurar y a elegir mejor en el futuro. Mientras tanto, lo mejor para ellos es combinar actividades culturales, deportivas y sobre todo de voluntariado con sus amigos que pueden ser de ambos sexos. Es el mejor entorno para crecer y conocerse mutuamente sin la tensión adicional del emparejamiento. Es la mejor manera para prepararse, sin riesgos, para el amor sólido.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Para llevarse bien con los demás, el adolescente tendrá que llevarse bien consigo mismo. ¿Qué importancia tiene una buena autoestima, estar a gusto consigo mismo, saber convivir con uno mismo para convivir con los demás? Me gustaría que nos hablase de si considera importante el saber estar a solas con uno mismo.</em></strong></p>
<p>La autoestima es importante porque una persona puede entender mejor cómo amar y valorar a otra si es capaz de valorarse a sí misma. Una persona demasiado preocupada en fijarse en sus deficiencias tendrá poco tiempo para dedicarse a los demás. Estar a solas con uno mismo, con regularidad, incluso cada día, es importante para conocerse. Por ejemplo, es bueno que nuestros hijos no estén conectados al estímulo de la música ya que solamente desde ese silencio <em>“acústico”</em>, podrán escuchar lo que tienen dentro. La educación de la autoestima precisa de un equilibrio entre las alabanzas por las cosas bien hechas y las críticas respetuosas y no humillantes por las cosas que se pueden mejorar. Los extremos producen autoestimas bajas o fuera de la realidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>El adolescente se está preparando para ser un ser adulto y querer de una forma adulta, para el amor maduro. ¿Nos podría dar unas cuantas pinceladas de qué es el amor maduro y qué manifestaciones tiene? ¿Qué hay que dejar atrás como aspectos superados? ¿Cuáles son esas cualidades personales necesarias para la preparación del adolescente para un amor maduro?</em></strong></p>
<p>El amor conyugal maduro busca la exclusividad (te amo a ti), busca estar con la persona amada lo más posible (te amaré siempre), busca compromiso (hasta que la muerte nos separe), busca formar juntos una familia (tendremos hijos) y buscar hacer el bien, juntos (juntos formaremos un equipo para amar a los demás: hijos, familia, entorno social). Obviamente un adolescente no está preparado para asumir todo esto y por eso es más importante prepararle para ello en vez de abandonarlo a sus impulsos y deseos. En realidad, el desarrollo las virtudes humanas consisten en la auténtica educación afectiva que necesitan los preadolescentes para llegar al amor sólido. En la adolescencia vendrá entonces el resto de la educación afectivo-sexual, más centrada en las cuestiones biológicas propias de la pubertad. Por ejemplo, no se puede pensar en una sexualidad sana sin una virtud como, la paciencia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2012/01/06-foto-2.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16266" title="#06-foto-2" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2012/01/06-foto-2.jpg" alt="" width="200" height="200" /></a>Hemos hablado de que en esta etapa comienzan los adolescentes a relacionarse con chicas. ¿nos podría hablar del valor de la espera en el noviazgo?</em></strong></p>
<p>En realidad, esto no es una pregunta sencilla sino el objetivo de toda educación afectivo-sexual bien realizada y hablo extensamente de ello en mi libro <em>El valor de la espera</em>. Pero lo podríamos resumir afirmando que esperar a tener relaciones sexuales hasta poder asumir lo que significa el amor sólido es importante para: evitar los riesgos físicos y psíquicos de la sexualidad sin amor; adquirir la madurez psicológica, las virtudes necesarias para amar mejor; conocer mejor a la otra persona para amarla mejor, construir un proyecto de futuro duradero con una persona. La espera es un don más completo, total, a esa persona porque la estamos amando sin todavía conocerla y ese amor se materializa el día de la primera entrega total. La espera permite respetar la libertad de la persona amada hasta el momento del compromiso. Finalmente, para el cristiano significa contar con el sacramento del matrimonio antes de entregarse totalmente a alguien. Además, hay que hablar de la segunda virginidad a los jóvenes que ya han tenido relaciones sexuales; es la capacidad que tiene todo ser humano de reconquistar su virginidad preparando su corazón para el amor exclusivo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Nota:</em></strong><em> Este artículo fue publicado originalmente por Gaztelueta al día, <a href="http://www.gaztelueta.com/">www.gaztelueta.com</a>.</em></p>
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		<title>Odiado pero imitado</title>
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		<pubDate>Fri, 23 Dec 2011 14:36:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Sociedad]]></category>

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		<description><![CDATA[A pesar de todos los ataques y debilitamientos jurídicos que ha tenido el matrimonio, es imitado contradictoriamente por un estatuto jurídico que regula las uniones de hecho. ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/07-foto-12.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16190" title="#07-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/07-foto-12.jpg" alt="" width="200" height="296" /></a>Las distintas iniciativas que pretenden desbancar al matrimonio “<em>tradicional</em>”, suelen presentarlo como algo absurdo y arbitrario, casi un error nefasto que se ha impuesto dogmáticamente y del cual por fin podemos liberarnos.</p>
<p>Sin embargo, al mismo tiempo que se lo critica, en el fondo se busca imitarlo, al menos en parte. Así, la regulación de las uniones de hecho pretende otorgarles un estatuto jurídico similar al matrimonio, y en el caso del llamado matrimonio homosexual, se intenta hacerlo más “<em>inclusivo</em>”.</p>
<p>Mas, ¿por qué, si por un lado se critica tanto al matrimonio, por otro pretende imitárselo o usarlo como “<em>paraguas</em>” para otros eventos que no se acomodan a su estructura “<em>tradicional</em>”?</p>
<p>En realidad, si fuera una situación tan absurda, sencillamente se la sustituiría por algo completamente distinto. Esto demuestra que el matrimonio no es una institución tan errada ni dogmática como se pretende.</p>
<p>Insistimos: ¿por qué no se sustituye su andamiaje jurídico por algo absolutamente diferente? La respuesta parece ser que dada nuestra realidad, o si se prefiere, en atención a la más íntima naturaleza humana, no cabe otra forma de enfrentar o intentar enfrentar un cúmulo de necesidades del hombre mismo, tal como no podemos vivir sin alimento, agua o aire. Pero ¿cuál es esta realidad tan evidente?</p>
<p>A nuestro juicio, esta realidad apunta en primer lugar, a la necesaria procreación de la especie humana para que ésta no se extinga, lo que dada nuestra naturaleza sexuada, obliga a la unión entre personas de distinto sexo; mas como se sabe, la tarea no termina sólo engendrando, sino que luego de ese paso decisivo, comienza una larga etapa de educación y formación de esos hijos –lo que desde su perspectiva, viene a ser un derecho–, hijos que son el futuro de cualquier sociedad, lo que hace que exista un especial interés público por su cuidado. A esto se añade el genuino amor humano entre hombre y mujer, quienes encuentran en el otro un “<em>compañero de viaje</em>” en esta vida, con quien proyectarse como personas, junto a los hijos, cuando los hay.</p>
<p>Y es esto, precisamente, lo que poco a poco ha acabado regulando el vilipendiado matrimonio, que sencillamente, busca dar un marco jurídico estable para que este aspecto tan fundamental de la vida individual y social pueda llevarse a cabo, imponiendo las obligaciones y derechos correspondientes. Ello explica que pese a criticarlo, siempre se busque imitarlo, porque en el fondo, es una realidad ineliminable para el ser humano.</p>
<p>En consecuencia, si podemos comprender su razón de ser (con lo que queda claro qué es matrimonio y qué no), ¿por qué se lo sigue criticando tanto y al mismo tiempo se busca imitarlo (porque en ambas situaciones se lo “<em>copia</em>” de alguna manera), ya sea con una institución de peor calidad, ya sea deformándolo?</p>
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		<title>Matrimonio = Monogamia</title>
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		<pubDate>Sat, 10 Dec 2011 00:09:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Sociedad]]></category>

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		<description><![CDATA[Al desligar el matrimonio de cualesquiera fines o funciones ‘naturales’, no es sorpresa que extienda su significación no sólo para englobar a personas del mismo sexo, sino también hacia la poligamia.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/02-foto-11.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16027" title="#02-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/02-foto-11.jpg" alt="" width="200" height="261" /></a>Recientemente, el Tribunal Supremo de British Columbia, Canadá, ha fallado a favor de la monogamia. Ello, en atención al recurso interpuesto por un miembro de un grupo escindido de los mormones, que alegaba que la norma que prohíbe la poligamia era inconstitucional.</p>
<p>El fallo se basa sobre todo en diversos casos de maltrato hacia mujeres y niños que se han registrado en situaciones parecidas, pese a ser la poligamia un delito en ese país.</p>
<p>Con todo, esta situación permite hacer al menos dos reflexiones:</p>
<p>La primera apunta al vaciamiento de significado que ha sufrido la institución matrimonial en varios países de Occidente en las dos últimas décadas. Así, desligado de cualesquiera fines o funciones ‘<em>naturales</em>’ por un lado, y haciéndoselo depender de una mera ‘<em>atracción sexual</em>’, por otro, no resulta sorprendente que el matrimonio extienda su significación no sólo para englobar a personas del mismo sexo, sino también hacia la poligamia.</p>
<p>Lo anterior resulta evidente, porque si una institución no posee algún núcleo objetivo descubierto a partir de la realidad misma, se convierte en un recipiente vacío que puede ser rellenado con cualquier contenido; con lo cual, no habrá que extrañarse cuando se presenten (si es que no se han presentado ya) situaciones en que se abogue por el ‘<em>matrimonio</em>’ con algún animal, por ejemplo.</p>
<p>En suma, lo que importa es que si no hay un concepto objetivo mínimo de ‘<em>matrimonio</em>’, cualquier cosa puede llegar a serlo.</p>
<p>Una segunda idea que conviene recordar, es que la poligamia conlleva en el fondo, una menor valoración hacia la mujer, puesto que se considera que varias de ellas ‘<em>equivalen</em>’ a un hombre. Lo anterior es obvio para esta perspectiva, puesto que sólo se le permite al varón tener varias ‘<em>cónyuges</em>’, pero no lo contrario (la llamada ‘<em>poliandria</em>’).</p>
<p>Es por eso que en Occidente la poligamia fue abolida hace milenios, mucho antes de la llegada del cristianismo, pues resulta evidente que si de la unión de hombre y mujer (y no de otra diferente) surgen seres humanos, que a su vez son varón o hembra, existe entre ambos una indiscutible igualdad ontológica (son dos representantes del mismo tipo de ser). Es por eso que la poligamia rebaja a la mujer y la cosifica en cierta medida, lo que explica que en pueblos primitivos, el hombre ‘<em>comprara</em>’ a sus futuras esposas.</p>
<p>En suma, en el fallo en comento ha primado el sentido común y en el fondo, la realidad de las cosas, aun cuando se hayan argumentado otras razones para fundarlo. Con todo, la situación está lejos de terminar, precisamente por el vaciamiento de significado (o si se prefiere, ‘<em>desnucleización</em>’) que han sufrido y siguen sufriendo en Occidente diversas instituciones fundamentales para cualquier sociedad. La pregunta es, sin embargo, cuánto tiempo podremos seguir dándole la espalda a la realidad.</p>
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		<title>Niños de encargo</title>
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		<pubDate>Sat, 10 Dec 2011 00:07:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Sociedad]]></category>
		<category><![CDATA[Vida]]></category>

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		<description><![CDATA[La maternidad se ha convertido en un deseo tan intenso como aplazable, como lo prueban el auge de la maternidad sin pareja y la congelación de óvulos propios para posibles embarazos futuros.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/04-foto-0-portada.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16020" title="#04-foto-0-portada" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/04-foto-0-portada.jpg" alt="" width="200" height="183" /></a>El número de mujeres sin pareja que deciden tener un hijo en solitario por inseminación artificial no deja de crecer. De hecho, en España un 35% de las mujeres que actualmente recurren a la inseminación artificial planea ser madre en solitario, según ha explicado el doctor Buenaventura Coroleu, del <em>Instituto Universitario Dexeus</em> de Barcelona. En España la ley lo permite, a diferencia de lo que ocurre en Francia o Italia.</p>
<p>Resulta curioso que la maternidad se haya convertido en un deseo tan intenso como aplazable. De lo último da cuenta el retraso de la edad media en que se tiene el primer hijo, actualmente 29 años en España. La intensidad del deseo de ser madre lo prueba el auge de la maternidad sin pareja y el recurso a la congelación de óvulos propios para ser utilizados en un posible embarazo en el futuro.</p>
<p>Entre las mujeres que acuden a este tipo de técnicas de “<em>preservación de la fertilidad</em>” no son mayoría las diagnosticados de una enfermedad que pudiera afectar a su fertilidad en el futuro. En muchos casos se trata simplemente de mujeres que están aplazando el tener hijos porque quieren afianzar antes su carrera laboral o porque aún no han encontrado el marido ideal.</p>
<p>Pero retrasar la maternidad tiene sus riesgos. Como recuerda Buenaventura Coroleu, “<em>a edad más avanzada es más difícil quedarse embarazada (…) La edad es el factor que más influye en la posibilidad de embarazo</em>” (<em>La Vanguardia</em>, 2-11-2011).</p>
<p>De ahí que el número de abortos espontáneos aumente cada año desde 2003. Con la edad también aumenta el riesgo de anomalías cromosómicas, como el síndrome de Down, y de que el niño nazca de manera prematura.</p>
<p>Otra parte del precio es estrictamente económica. El tratamiento para preservar óvulos cuesta prácticamente como la fecundación in vitro, unos 4.000 o 5.000 euros, a lo que hay que añadir otros 300 euros anuales por los costes de conservación. Es el precio por mantener disponible el material para cuando se sienta la “<em>urgente</em>” llamada de la maternidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Quiero mi niño y lo quiero ahora</strong></p>
<p>Con las nuevas técnicas de procreación artificial, los hijos pueden ser considerados no como un don sino como un encargo a gusto del cliente.</p>
<p>En muchas ocasiones los padres que recurren a la congelación de óvulos o de esperma, o a la inseminación artificial buscan asegurarse “<em>su niño</em>”. En el informe <em>Un padre o cinco</em>, Elisabeth Marquardt recoge las declaraciones de varias mujeres que habían acudido a un banco de esperma para quedarse embarazadas, pese a no tener pareja. Una de ellas declaraba: “<em>Pagas por ello, así que quieres lo mejor de lo mejor</em>”. La misma mujer señalaba que elegiría “<em>a un donante de 1,80m de estatura, rubio, con ojos azules y libre de enfermedades genéticas</em>” como compensación por no enamorarse. Como resumía otra compañera de tratamiento, “<em>estamos desesperadas pero a la vez somos quisquillosas a la hora de elegir</em>”.</p>
<p>Otra mujer comparaba a sus dos hijos, uno concebido de forma normal y otro por inseminación artificial: “<em>Tengo un hijo que es completamente mío (…) y otro por el que siempre tengo que estar discutiendo con el padre [su ex novio] sobre quién tiene que criarlo y cómo</em>”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Vientres de alquiler</strong></p>
<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/04-foto-2-Vientres-de-alq.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16021" title="#04-foto-2-(Vientres-de-alq" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/04-foto-2-Vientres-de-alq.jpg" alt="" width="200" height="181" /></a>En el caso de los hombres aquejados de ansia de paternidad, es cada vez más normal el recurso al vientre de alquiler, maquillado como “<em>maternidad por subrogación</em>”. Es el caso, sobre todo, de parejas <em>gays</em> acomodadas. En España la ley permite la adopción por parte de parejas homosexuales, pero no el recurso al vientre de alquiler. Pero una instrucción de la Dirección General de Registros y del Notariado autorizó la inscripción de los niños nacidos en el extranjero por este método, facilitando así el fraude de ley.</p>
<p>Desde entonces no es extraño que famosos <em>gays</em> aparezcan en la prensa del corazón contando lo felices que están a la espera de “<em>sus hijos</em>” (suelen ser una parejita) que han encargado en EE.UU., donde esto es legal. La madre desaparece cosificada como “<em>vientre de alquiler</em>”. Es caro, pero pueden permitírselo.</p>
<p>La pretensión de que la procreación artificial en el caso de mujeres solas corra a cargo del erario público, no está amparada por la ley, aunque de hecho se admita en algunas comunidades autónomas. La Ley de Reproducción Humana Asistida de 2006 consagra el derecho a recibir los tratamientos correspondientes para “<em>toda mujer mayor de 18 años con plena capacidad de obrar (…) y con independencia de su estado civil y su orientación sexual</em>”. Sin embargo, el coste solo será financiado por la Seguridad Social “<em>cuando haya un diagnóstico de esterilidad o una indicación clínica establecida</em>” y solo en mujeres menores de 40 años. Quedan excluidas por tanto las parejas de lesbianas y las madres sin pareja que no tengan tales problemas.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Nota:</em></strong><em> Este artículo fue publicado originalmente por <a href="http://www.aceprensa.com/">www.Aceprensa.com</a>.</em></p>
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		<title>Que los niños pequeños jueguen en vez de ver televisión</title>
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		<pubDate>Sat, 10 Dec 2011 00:02:58 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Sociedad]]></category>

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		<description><![CDATA[Las pantallas no educan: los niños pequeños sacan mucho más provecho jugando o hablando. Publicación aconseja limitar el tiempo que pasan viendo productos audiovisuales.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/09-foto-11.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-16001" title="#09-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/09-foto-11.jpg" alt="" width="200" height="185" /></a>Las pantallas no educan: los niños pequeños sacan mucho más provecho jugando o hablando. Por eso, la <a title="Leer los consejos de la AAP." href="http://www.aap.org/pressroom/mediaunder2.pdf">Academia Americana de Pediatría</a> aconseja limitar el tiempo que pasan viendo productos audiovisuales, o incluso ante el aparato encendido, aunque estén haciendo otra cosa. No porque les cause perjuicios, sino porque les quita de hacer otras cosas realmente beneficiosas.</p>
<p>Esta recomendación oficial es una nueva versión de la publicada en 1999, aún más severa contra la televisión, que recibió muchas críticas por contundente y falta de realismo. La vez anterior, la Academia aconsejaba quitar prácticamente por completo la televisión a los niños menores de dos años y llevar control escrito del tiempo que pasaban con medios audiovisuales para entregar al pediatra en las consultas periódicas.</p>
<p>Ahora la Academia señala que de momento no hay pruebas de que los medios audiovisuales (incluidos ordenadores, videojuegos, teléfonos móviles…) perjudiquen el desarrollo de los niños pequeños a largo plazo. Pero tampoco consta que tengan utilidad educativa para ellos. Con chicos mayores pueden servir los programas educativos; pero hasta los dos años, los niños –y eso sí está comprobado– aprenden sobre todo jugando y en la interacción con personas de carne y hueso. Por ejemplo, cuanto más oyen hablar y hablan a esa edad temprana, mejor dominan el lenguaje más tarde.</p>
<p>Algunos estudios, por otro lado, han hallado correlación en los niños entre uso de medios audiovisuales y deficiencias de atención y de habla. Pero no se ha demostrado que lo uno sea causa de lo otro.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Nota:</em></strong><em> Este artículo fue publicado originalmente por Aceprensa, <a href="http://www.aceprensa.com/">www.aceprensa.com</a>.</em></p>
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		<title>La pastoral del matrimonio debe fundarse en la verdad</title>
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		<pubDate>Sat, 03 Dec 2011 00:04:14 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Religión]]></category>
		<category><![CDATA[Sociedad]]></category>

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		<description><![CDATA[A propósito de algunas objeciones contra la doctrina de la Iglesia sobre la recepción de la Comunión por parte de los divorciados y vueltos a casar, un documento de Joseph Ratzinger de 1998.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/07-foto-1.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-15906" title="#07-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/07-foto-1.jpg" alt="" width="200" height="270" /></a>El <em>L’Osservatore Romano</em> ha publicado en su edición del 30 de noviembre un escrito poco conocido del cardenal Joseph Ratzinger de 1998 “<em>a propósito de algunas objeciones contra la doctrina de la Iglesia sobre la recepción de la Comunión eucarística por parte de los fieles divorciados y vueltos a casar</em>”.</p>
<p>Con el título “<em>La pastoral del matrimonio debe fundarse en la verdad</em>”, el diario vaticano presenta el escrito del entonces prefecto de la Congregación para la doctrina de la fe, que había introducido el volumen titulado “<em>Sobre la pastoral de los divorciados y vueltos a casar</em>”), publicado por la <em>Libreria Editrice Vaticana</em>.</p>
<p>El diario señala que “<em>por la actualidad y la amplitud de miras de este escrito poco conocido, proponemos su tercera parte, con el añadido de tres notas</em>”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>Texto completo reproducido por el L’Osservatore:</strong></p>
<p>La Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe sobre de la recepción de la Comunión eucarística por parte de los files divorciados y vueltos a casar, del 14 de septiembre de1994, hatenido eco vivaz en diversos lugares de la Iglesia. Junto a muchas reacciones positivas también se han oído no pocas voces críticas. Las objeciones esenciales contra la doctrina y la praxis de la Iglesia se presentan a continuación en modo simplificado.</p>
<p>Algunas objeciones más significativas – sobre todo las que se refieren a la praxis considerada más flexible de los Padres de la Iglesia, que sería la inspiración de la praxis de las Iglesias orientales separadas de Roma, así como la referencia a los principios tradicionales de la <em>epicheia</em> y de <em>laaequitas canonica</em>– han sido estudiadas profundamente por la Congregación para la Doctrina de la Fe. Los artículos de los Profesores Pelland, Marcuzzi y Rodríguez Luño [2] han sido elaborados en el curso de este estudio. Los principales resultados de esa investigación, que indican la dirección de la respuesta a las objeciones, también serán aquí resumidos brevemente.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>1. Muchos sostienen, aduciendo algunos pasajes del Nuevo Testamento, que la palabra de Jesús sobre la indisolubilidad del matrimonio permita una aplicación flexible y no pueda ser encasillada en una categoría rígidamente jurídica.</p>
<p>Algunos exegetas ponen de relieve críticamente que el Magisterio, en relación a la indisolubilidad del Matrimonio, citaría casi exclusivamente una sola <em>perícopa</em>, o sea Mc 10,11-12, sin considerar otros pasajes del Evangelio de Mateo y de la Primera Carta a los Corintios. Estos pasaje bíblicos indicarían una cierta “<em>excepción</em>” a la palabra del Señor sobre la indisolubilidad del matrimonio, o sea en el caso de <em>porneia</em> (Cfr. Mt 5,32; 19,9) y en el caso de de separación por causa de la fe (Cfr. 1Cor 7,12-16). Estos textos serían indicaciones de que los cristianos, en situaciones difíciles, habrían conocido, ya en los tiempos apostólicos, una aplicación flexible de la palabra de Jesús.</p>
<p>A esta objeción se debe responder que los documentos magisteriales no pretenden presentar de modo completo y exhaustivo los fundamentos bíblicos de la doctrina sobre el matrimonio. Dejan esta importante tarea a los expertos competentes. El Magisterio subraya, sin embargo, que la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio deriva de la fidelidad a la palabra de Jesús. Jesús define claramente la praxis veterotestamentaria del divorcio como una consecuencia de la dureza del corazón del hombre. Yendo más allá de la ley, Cristo se remonta al inicio de la creación, a la voluntad del Creador, y resume su enseñanza con las palabras: “<em>Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre</em>” (Mc 10,9). Con la llegada del Redentor, se vuelve a instaurar el matrimonio en su forma original a partir de la creación y se sustrae al arbitrio humano, sobre todo al del marido, pues la mujer no tenía posibilidad de divorciarse. La palabra de Jesús sobre la indisolubilidad del matrimonio constituye la superación del antiguo orden de la ley en el nuevo orden de la fe y de la gracia. Sólo así el matrimonio puede hacer plena justicia tanto a la vocación de Dios al amor como a la dignidad humana, y constituirse en signo de la alianza de amor incondicionado de Dios, es decir, en un “<em>Sacramento</em>” (Cfr. Ef 5,32).</p>
<p>La posibilidad de separarse que Pablo señala en 1Cor 7, se refiere a matrimonios entre un cónyuge cristiano y un no bautizado. La reflexión teológica posterior ha dejado claro que únicamente los matrimonios entre bautizados son “<em>Sacramento</em>”, en el sentido estricto de la palabra, y que la indisolubilidad absoluta caracteriza sólo a estos matrimonios que se colocan en el ámbito de la fe en Cristo. El denominado “<em>matrimonio natural</em>” funda su dignidad en el orden de la creación y está, por tanto, orientado a la indisolubilidad. Sin embargo, en determinadas circunstancias, puede ser disuelto a causa de un bien más alto, como es la fe. De este modo la sistematización teológica ha clasificado jurídicamente la indicación de San Pablo como “<em>privilegium paulinum</em>”, es decir, como posibilidad de disolver, por el bien de la fe, un matrimonio no sacramental. La indisolubilidad del matrimonio verdaderamente sacramental permanece salvaguardada. No se trata, pues, de una excepción a la palabra del Señor. Volveremos sobre esto más adelante.</p>
<p>Acerca de la recta comprensión de las cláusulas sobre la porneia, existe abundante literatura con muchas hipótesis diferentes, incluso opuestas. No hay unanimidad entre los exegetas sobre esta cuestión. Muchos sostienen que se refiere a uniones matrimoniales inválidas y no a excepciones a la indisolubilidad del matrimonio. Sea como fuere, la Iglesia no puede edificar su doctrina y praxis sobre hipótesis exegéticas inciertas, sino que debe atenerse a la clara enseñanza de Cristo.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>2. Otros objetan que la tradición patrística dejaría espacio para una praxis más diferenciada, que haría mayor justicia a las situaciones difíciles. A esté propósito, la Iglesia católica podría aprender del principio de “<em>economía</em>” de las Iglesias orientales separadas de Roma.</p>
<p>Se afirma que el Magisterio actual sólo se nutriría de un filón de la tradición patrística, y no de la entera herencia de la Iglesia antigua. Si bien los Padres se atuvieron claramente al principio doctrinal de la indisolubilidad del matrimonio, algunos de ellos toleraron, en la práctica pastoral, una cierta flexibilidad ante situaciones difíciles concretas. Sobre este fundamento, las Iglesias orientales separadas de Roma habrían desarrollado más tarde, junto al principio de la <em>akribia</em>, de la fidelidad a la verdad revelada, el principio de la <em>oikonomia</em>, de la condescendencia benévola en situaciones difíciles. Sin renunciar a la doctrina de la indisolubilidad del matrimonio, esas Iglesias permitirían, en determinados casos, un segundo e incluso un tercer matrimonio, que, por otra parte, es diferente del primer matrimonio sacramental y está marcado por el carácter de la penitencia. Esta praxis nunca habría sido condenada explícitamente por la Iglesia Católica. El Sínodo de Obispos de 1980 habría sugerido estudiar a fondo esta tradición, a fin de hacer resplandecer mejor la misericordia de Dios.</p>
<p>El estudio del Padre Pelland muestra la dirección en que se debe buscar la respuesta a estas cuestiones. La interpretación de cada uno de los textos patrísticos compete naturalmente al historiador. Debido a la difícil situación textual las controversias tampoco se aplacarán en el futuro. Desde el punto de vista teológico debe afirmarse:</p>
<p>a) Existe un claro consenso de los Padres acerca de la indisolubilidad del matrimonio. Puesto que deriva de la voluntad del Señor. La Iglesia no tiene poder alguno a ese respecto. Por ello, el matrimonio cristiano fue distinto desde el primer momento al matrimonio de la civilización romana, a pesar de que en los primeros tiempos no existía todavía ningún ordenamiento canónico. La Iglesia del tiempo de los Padres excluye claramente el divorcio y las nuevas nupcias, en fiel obediencia al Nuevo Testamento.</p>
<p>b) En la Iglesia del tiempo de los Padres, los fieles divorciados y vueltos a casar nunca fueron admitidos oficialmente a la sagrada Comunión después de un tiempo de penitencia. Es cierto, en cambio, que la Iglesia no siempre revocó en determinados países las concesiones en esta materia, aunque si se calificaban como incompatibles con la doctrina y la disciplina. Parece cierto también que algunos Padres, por ejemplo, San León Magno, buscaron soluciones “<em>pastorales</em>” para raros casos límite.</p>
<p>c) Sucesivamente se produjeron dos desarrollos contrapuestos:</p>
<p>– En la Iglesia imperial posterior a Constantino se buscó, debido al progresivo entrelazamiento del Estado y la de Iglesia, una mayor flexibilidad y disponibilidad al compromiso en situaciones matrimoniales difíciles. Una tendencia semejante se dio en el ámbito gálico y germánico hasta la reforma gregoriana. En las Iglesias orientales separadas de Roma, este desarrollo continuó posteriormente en el segundo milenio y condujo a una praxis cada vez más liberal. Hoy en día, en muchas Iglesias orientales existe una serie de motivos de divorcio, es más, se ha desarrollado una “<em>teología del divorcio</em>”, que de ningún modo resulta conciliable con las palabras de Jesús sobre la indisolubilidad del matrimonió. En el diálogo ecuménico, este problema debe ser claramente afrontado.</p>
<p>– En Occidente, gracias a la reforma gregoriana, se recuperó la concepción originaria de los Padres. El Concilio de Trento sancionó en cierto modo este desarrollo y fue propuesto de nuevo como doctrina de la Iglesia por el Concilio Vaticano II.</p>
<p>La praxis de las Iglesias orientales separadas de Roma, que es consecuencia de un complejo proceso histórico, de una interpretación cada vez más liberal – que progresivamente se alejaba de la Palabra del Señor – de algunos pasajes patrísticos oscuros, así como de un influjo no despreciable de la legislación civil, por motivos doctrinales, no puede ser asumida por la Iglesia Católica. Es inexacta la afirmación de que la Iglesia Católica habría simplemente tolerado la praxis oriental. Ciertamente, Trento no la condenó formalmente.</p>
<p>Los canonistas medievales, sin embargo, hablaban continuamente de ella como de praxis abusiva. Además, hay testimonios de que grupos de fíeles ortodoxos, al convertirse al catolicismo, debían firmar una confesión de fe que incluía una indicación expresa sobre la imposibilidad de un segundo matrimonio.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>3. Muchos proponen que se permitan excepciones a la norma eclesial, basándose en los tradicionales principios de la <em>epikeia</em> y de la <em>aequitas canonica</em>.</p>
<p>Se dice que algunos casos matrimoniales no pueden ser regulados en el fuero externo. La Iglesia no sólo podría relegar las normas jurídicas, sino que debería también respetar y tolerar la conciencia de cada uno. Las doctrinas tradicionales de la epikeia y de la aequitas canonica podrían justificar, tanto desde el punto de vista de la teología moral corno desde el punto de vista jurídico, una decisión de la conciencia que se aleje de la norma general. Sobre todo en el tema de la recepción de los Sacramentos, la Iglesia debería dar pasos adelante y no sólo ofrecer prohibiciones a los fieles.</p>
<p>Las dos contribuciones de los profesores Marcuzzi y Rodríguez Luño ilustran esta compleja problemática. A este propósito hay que distinguir claramente tres tipos de cuestiones:</p>
<p>a) La <em>epikeia</em> y la <em>aequitas canonica</em> tienen gran importancia en el ámbito de las normas humanas y puramente eclesiales, pero no pueden ser aplicadas en el ámbito de las normas sobre las que la Iglesia no posee ningún poder discrecional. La indisolubilidad del matrimonio es una de estas normas, que se remontan al Señor mismo y, por tanto, son designadas como normas de “<em>derecho divino</em>”. La Iglesia no puede ni siquiera aprobar prácticas pastorales –por ejemplo, en la pastoral de los Sacramentos– que contradigan el claro mandamiento del Señor. En otras palabras; si el matrimonio precedente de unos fieles divorciados y vueltos a casar era válido, en ninguna circunstancia su nueva unión puede considerarse conformé al derecho; por tanto, por motivos intrínsecos, es imposible que reciban los Sacramentos. La conciencia de cada uno está vinculada, sin excepción, a esta norma [3].</p>
<p>b) La Iglesia, en cambio, sí tiene el poder de especificar qué condiciones deben cumplirse para que un matrimonio sea considerado como indisoluble según la enseñanza de Jesús. En línea con las afirmaciones paulinas de 1Cor 7, la Iglesia estableció que solamente dos cristianos pueden contraer un matrimonio sacramental. Desarrolló las figuras jurídicas del privilegium paulinum y del privilegium petrinum. Con referencia a la cláusula sobre la porneia de Mateo y Hechos 15,20, formuló impedimentos matrimoniales. Además, especificó, cada vez más nítidamente, los motivos de nulidad matrimonial y desarrolló ampliamente los procedimientos judiciales. Todo esto contribuyó a delimitar y precisar el concepto de matrimonió indisoluble. Cabe decir que, de este modo, también la Iglesia occidental dio espacio al principio de la “<em>oikonomia</em>”, sin manipular la indisolubilidad del matrimonio.</p>
<p>En ésta línea se coloca el posterior desarrollo jurídico del Código dé Derecho Canónico de 1983, que otorga fuerza de prueba a las declaraciones de las partes. Conforme a ello, según la opinión de personas competentes, parecen prácticamente excluidos los casos en que la invalidez de un matrimonio no pueda ser demostrada por vía jurídica. Las cuestiones matrimoniales deben resolverse en el fuero externo, ya que el matrimonio tiene esencialmente un carácter público-eclesial y está regido por el principio fundamental nemo iudex in propria causa (“<em>nadie es juez en causa propia</em>”). Por eso, si unos fíeles divorciados y vueltos a casar consideran que es inválido su matrimonio anterior, están obligados a dirigirse al tribunal eclesiástico competente, que deberá examinar objetivamente el problema y aplicar todas las posibilidades jurídicas disponibles.</p>
<p>c) No se excluye, ciertamente, que en los procesos matrimoniales sobrevengan errores. En algunas partes de la Iglesia no existen todavía tribunales eclesiásticos que funcionen bien. Otras veces los procesos se alargan excesivamente. En algunos casos se dictan sentencias problemáticas. No parece que se excluya, en principio, la aplicación de la epikeia en el “<em>fuero interno</em>”. La Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe de 1994 alude a este punto, cuando dice que con las nuevas vías canónicas debería excluirse, “<em>en la medida de lo posible</em>”, toda divergencia entre la verdad verificable en el proceso y la verdad objetiva (Cfr. Carta, n. 9). Muchos teólogos opinan que los fieles deban de atenerse, también en el “<em>fuero interno</em>”, a los juicios del tribunal eclesiástico, aún cuando les parezcan falsos. Otros sostienen que en el “<em>fuero interno</em>” cabe pensar en excepciones, porque en el ordenamiento jurídico no se trata de normas de derecho divino, sino eclesiástico. Este asunto exige más estudios y clarificaciones. A fin de evitar arbitrariedades y proteger el carácter público del matrimonio – sustrayéndolo al juicio subjetivo – deberían dilucidarse de modo muy preciso las condiciones para dar por cierta una “<em>excepción</em>”.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>4. Algunos acusan, al actual Magisterio, de involución respecto al Magisterio del Concilio, y de proponer una visión preconciliar del matrimonio.</p>
<p>Algunos teólogos afirman que, en la base de los nuevos documentos magisteriales sobre temas matrimoniales, habría una concepción naturalista y legalista del matrimonio. El acento estaría puesto sobre el contrato entre los esposos y sobre el “<em>ius in corpus</em>”. El Concilio habría superado esta comprensión estática al describir el matrimonio de un modo más personalista, como pacto de amor y de vida. Con ello habría abierto posibilidades de resolver más humanamente situaciones difíciles. Desarrollando esta línea de pensamiento, algunos estudiosos se preguntan si no cabría hablar de “<em>muerte del matrimonio</em>”, cuando se desvanece el vínculo personal de amor entre dos esposos. Otros suscitan la vieja cuestión de si el Papa no tendría, en esos casos, la posibilidad de disolver el matrimonio.</p>
<p>Quien lea atentamente los recientes pronunciamientos eclesiásticos, reconocerá que sus afirmaciones centrales se fundan en la Gaudium et spes y desarrollan, con rasgos totalmente personalistas y sobre la vía indicada por el Concilio, la doctrina que allí contenida. Es inadecuado contraponer la visión personalista a la visión jurídica del matrimonio. El Concilio no ha roto con la concepción tradicional del matrimonio, sino que la ha hecho avanzar. Cuando, por ejemplo, se repite continuamente que el Concilio ha sustituido el concepto estrictamente jurídico de “<em>contrato</em>” por el más amplio y teológicamente más profundo de “<em>pacto</em>”, no cabe olvidar que “<em>pacto</em>” contiene también el elemento de “<em>contrato</em>”, por mucho que lo sitúe en una perspectiva más amplia. Que el matrimonio vaya mucho más allá de lo puramente jurídico y se asiente en la hondura de lo humanó y en el misterio de lo divino, en realidad se ha afirmado siempre con la palabra “<em>sacramento</em>”, si bien ciertamente no se ha puesto a menudo en el candelero con la claridad que el Concilio ha dado a esos aspectos. El derecho no lo es todo, pero es una parte irrenunciable, una dimensión del todo. No existe un matrimonio sin normativa jurídica, que lo inserte en un conjunto global de sociedad e Iglesia. Si la reforma del derecho después del Concilio afecta también al ámbito del matrimonio, esto no es traicionar al Concilio, sino llevar a cabo sus disposiciones.</p>
<p>Si la Iglesia aceptase la teoría de que un matrimonio ha muerto cuando los cónyuges dejan de amarse, entonces con ello aprobaría el divorcio y mantendría la indisolubilidad del matrimonio sólo verbalmente y no de hecho. La opinión de que el Papá podría disolver un matrimonio sacramental consumado, irremediablemente fracasado, debe calificarse como errónea. Un tal matrimonio no puede ser disuelto por nadie. En la celebración nupcial, los esposos se prometen fidelidad hasta la muerte.</p>
<p>Recientes estudios plantean la cuestión de si los cristianos no creyentes, bautizados qué nunca han creído o que ya no creen en Dios, pueden verdaderamente contraer matrimonio sacramental. En otras palabras, debería aclararse si todo matrimonio entré bautizados es “<em>ipso facto</em>” sacramental. De hecho, el Código mismo indica que sólo el contrato matrimonial “<em>válido</em>” entre bautizados es a la vez Sacramento (Cfr. CIC, can. 1055§ 2). A la esencia del Sacramento pertenece la fe; queda por aclarar la cuestión jurídica acerca de qué evidencia de «no-fe» implica que no se realice un Sacramento. [4]</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>5. Muchos afirman que la actitud de la Iglesia en la cuestión de los fieles divorciados y vueltos a casar sea unilateralmente normativo y no pastoral.</p>
<p>Una serie de objeciones críticas contra la doctrina y la praxis de la Iglesia concierne a problemas de carácter pastoral. Se dice, por ejemplo, que el lenguaje de los documentos eclesiales sería demasiado legalista, que la dureza de la ley prevalecería sobre la comprensión hacia situaciones humanas dramáticas. El hombre de hoy no podría comprender ese lenguaje. Mientras Jesús habría atendido a las necesidades de todos los hombres, sobre todo de los marginados de la sociedad, la Iglesia, por el contrario, se mostraría más bien como juez, que excluye de los Sacramentos y de ciertas funciones públicas a personas heridas.</p>
<p>Se puede indudablemente admitir que las formas expresivas del Magisterio eclesial a veces no resultan fácilmente comprensibles y deben ser traducidas por los predicadores y catequistas al lenguaje que corresponde a las diferentes personas y a su ambiente cultural. Sin embargo, debe mantenerse el contenido esencial del Magisterio eclesial, pues transmite la verdad revelada y, por ello, no puede diluirse en razón de supuestos motivos pastorales. Es ciertamente difícil transmitir al hombre secularizado las exigencias del Evangelio. Pero esta dificultad no puede conducir a compromisos con la verdad. En la encíclica Veritatis splendor, Juan Pablo II ha rechazado claramente las soluciones denominadas “<em>pastorales</em>” que contradigan las declaraciones del Magisterio (Cfr. ibid., n. 56).</p>
<p>Por lo que respecta a la posición del Magisterio acerca del problema de los fieles divorciados y vueltos a casar, se debe además subrayar que los recientes documentos de la Iglesia unen de modo equilibrado las exigencias de la verdad con las de la caridad. Si en el pasado a veces la caridad quizá no resplandecía suficientemente al presentar la verdad, hoy en día, en cambio, el gran peligro es callar o comprometer la verdad en nombre de la caridad. La palabra de la verdad puede, ciertamente, doler y ser incómoda; pero es el camino hacia la curación, hacia la paz y hacia la libertad interior. Una pastoral que quiera auténticamente ayudar a la persona debe apoyarse siempre en la verdad. Sólo lo que es verdadero puede, en definitiva, ser pastoral. “<em>Entonces conoceréis la verdad y la verdad os hará libres</em>” (Jn 8,32).</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Notas:</em></strong></p>
<p><em>[1] Este texto recoge la tercera parte de la Introducción del Cardenal Joseph Ratzinger al número 17 de la Serie “Documenti e Studi”, dirigida por la Congregación para la Doctrina de la Fe, Sulla pastorale dei divorziati risposati, LEV, Città del Vaticano 1998, p. 20-29. Las notas han sido añadidas.</em></p>
<p><em>[2] Cfr. Ángel Rodríguez Luño, L’epicheia nella cura pastorale dei fedeli divorziati risposati, ibid., p. 75-87; Piero Giorgio Marcuzzi, S.D.B., Applicazione di ”aequitas et epikeia” ai contenuti della Lettera della Congregazione per la Dottrina della Fede del 14 settembre 1994, ibid., p. 88-98; Gilles Pelland, S.J., La pratica della Chiesa antica relativa ai fedeli divorziati risposati, ibid., p. 99-131.</em></p>
<p><em>[3] En este sentido, vale la regla general reiterada por el Papa Juan Pablo II en la Exhortación apostólica post-sinodal “Familiaris consortio”, n. 84: “La reconciliación en el Sacramento de la Penitencia – que les abriría el camino al sacramento eucarístico – puede darse únicamente a los que, arrepentidos de haber violado el signo de la Alianza y de la fidelidad a Cristo, están sinceramente dispuestos a una forma de vida que no contradiga la indisolubilidad del matrimonio. Esto lleva consigo concretamente que cuando el hombre y la mujer, por motivos serios, —como, por ejemplo, la educación de los hijos— no pueden cumplir la obligación de la separación, «asumen el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos»”. Véase también Benedicto XVI, Ehortación apostólica post-sinodal “Sacramentum Caritatis”, n. 29.</em></p>
<p><em>[4] Durante un encuentro con el clero de la Diócesis de Aosta, el 25 de julio de 2005, el Papa Benedicto XVI afirmó, sobre esta difícil cuestión que “es particularmente dolorosa la situación de los que se casaron por la Iglesia, pero no eran realmente creyentes y lo hicieron por tradición, y luego, hallándose en un nuevo matrimonio inválido se convierten, encuentran la fe y se sienten excluidos del Sacramento. Realmente se trata de un gran sufrimiento. Cuando era prefecto de la Congregación para la doctrina de la fe, invité a diversas Conferencias episcopales y a varios especialistas a estudiar este problema: un sacramento celebrado sin fe. No me atrevo a decir si realmente se puede encontrar aquí un momento de invalidez, porque al sacramento le faltaba una dimensión fundamental. Yo personalmente lo pensaba, pero los debates que tuvimos me hicieron comprender que el problema es muy difícil y que se debe profundizar aún más”.</em></p>
<p><em> </em></p>
<p><em>Este artículo fue publicado originalmente por Religión en Libertad, <a href="http://religionenlibertad.com/">http://religionenlibertad.com</a>.</em></p>
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		<title>El derecho a elegir</title>
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		<pubDate>Sat, 03 Dec 2011 00:02:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
				<category><![CDATA[Educación]]></category>
		<category><![CDATA[Familia]]></category>
		<category><![CDATA[Política]]></category>

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		<description><![CDATA[Polémica en España sobre la Educación en Familia: El interés del Estado por escolarizar a los niños debe ceder ante la libertad de los padres a escoger la educación que quieren para sus hijos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/09-foto-1.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-15896" title="#09-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/09-foto-1.jpg" alt="" width="200" height="214" /></a>A raíz del reciente <em><a href="http://www.unav.es/congreso/homeschooling/" target="_blank">Congreso sobre Homeschooling</a></em> en España, entrevistamos a Rafael Navarro-Valls, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid (UCM), académico y secretario de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, para conocer el estado jurídico de la cuestión, que actualmente afecta a más de 2.000 familias que optan este modelo de educación en casa. Al final, tal y como explica este experto, el interés del Estado por escolarizar a los niños debe ceder ante la libertad de los padres a escoger la educación que quieren para sus hijos.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Puede limitar el Estado la libertad de los padres a educar a sus hijos como ellos quieran, incluida la libertad de decidir la escolarizarlos en casa?</strong></p>
<p>El derecho a elegir el tipo de educación que queremos dar (o no dar) a nuestros hijos forma parte de nuestro propio derecho a elegir una concepción del bien y a ponerla en práctica, sin sufrir interferencias de los poderes públicos. En este sentido, una sentencia del <em>TS</em> norteamericano (<em>Wisconsin versus Yoder</em>) estableció que <em>“el interés del Estado por la escolarización obligatoria debe ceder ante la libertad de los padres para marcar la orientación moral de sus hijos</em>”. “<em>Educar</em>” no siempre es sinónimo de “<em>escolarizar</em>”. Esta última, sin embargo, es la regla general dada la expansión sin precedentes durante el XX de la escolarización obligatoria.</p>
<p>Aunque un Estado laico no pueda realizar un dictamen o juicio de valor sobre el contenido de las creencias o valores de una determinada familia, sí puede intervenir cuando contravenga el orden público, o se violen los derechos fundamentales del niño. De ahí que en los países que admiten <em>“la enseñanza en casa”</em> (<em>homeschooling</em>, o <em>home education</em>) se establecen regulaciones para que los intereses del niño no se vean menoscabados.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Quién pone los límites en lo que es competencia de los padres y del Estado en la educación de los hijos?</strong></p>
<p>Cada vez es más claro que los niños son también <em>“sujetos de derecho”</em>, no simple propiedad privada de los padres. Por eso el Tribunal de Derechos Humanos, ha establecido que <em>“ha de ser protegido el derecho de los menores a recibir una educación apropiada; derecho que por su propia naturaleza, reclama también una intervención del Estado, que puede variar según los tiempos y lugares”</em>. Lo cual no significa que hayan de ser tratados <em>“como criaturas del Estado”</em>, que es un error en el que suelen caer los estados intervencionistas. Cuando se da un conflicto <em>“real”</em> (no imaginado por la autoridad pública) los límites entre ambas competencias habrá de ser decidido por los Tribunales de justicia.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿El Estado español está invadiendo el terreno de los padres en la educación de los hijos?</strong></p>
<p>En el siglo XIX, los hijos se educaban en casa, en iglesias, o en escuelas sin obligatoria asistencia. De sus padres recibían no sólo los conocimientos sino todos los valores y principios por los que se guiarían durante su vida. Como ya he dicho, fue durante el siglo XX cuando se extendió la escolarización obligatoria, como el medio más adecuado de que los chicos recibieran <em>“educación”</em> obligatoria.</p>
<p>Esa legítima intervención a veces se ha convertido en un ilegítimo intervencionismo, queriendo decidir por sí mismo —sin tener en cuenta a los padres— cuál es la mejor manera de asegurar el desarrollo de las competencias morales, cívicas y políticas de las nuevas generaciones. De ahí las reacciones que se han producido en España (o en otros países: Turquía y Noruega, por ejemplo) con la asignatura obligatoria de “<em>Educación para la ciudadanía”</em>. Conflicto entre padres y Estado que fácilmente se hubiera resuelto haciendo optativa dicha disciplina.</p>
<p>Por otra parte, no se puede olvidar que, a pesar de las indudables ventajas de la escuela, ésta no consigue erradicar todas las amenazas de la educación de los hijos. La integración racial, étnica y religiosa no se logra plenamente, hay violencia entre pandillas juveniles, droga, embarazos de adolescentes, y el sentido horizontal rompe con el respeto a los mayores. Esta crisis moral se hace patente en la violencia, la sexualidad precoz, y los medios elegidos desde las autoridades educativas para prevenir estos conflictos juveniles, no siempre en correspondencia con los valores y creencias religiosas de las familias, como los programas de reparto de preservativos, la orientación de la asignatura de educación sexual para prevenir el sida, etc.</p>
<p>Con un esfuerzo personal y conflictos con la justicia, algunas familias deciden comenzar a practicar el <em>home schooling</em>. En España destacan los trabajos sobre esta cuestión de la profesora Irene Briones, de la Universidad Complutense. Como hace notar, las finalidades detectadas en este fenómeno son : 1) Recuperar los padres el control sobre sus hijos y la depauperada función social de las familias; 2) Como alternativa pedagógica ante los deficitarios resultados académicos; 3) Para evitar la presión competitiva de la educación oficial; 4) En el caso de niños con necesidades especiales; 5) Cuando los padres viajan mucho por su situación laboral, y no pueden tener a sus hijos inscritos en un colegio físico, adscrito a un distrito de su ciudad; 6) O como el modo de que los padres eduquen a sus hijos conforme a su fe, valores y creencias religiosas, que pueden no ser compartidas en las escuelas públicas.</p>
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<p><strong>¿Por qué en España hay ese vacío legal respecto al ‘homeschooling’?</strong></p>
<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/09-foto-2.jpg"><img class="alignleft" title="#09-foto-2" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/12/09-foto-2.jpg" alt="" width="200" height="133" /></a>Por las mismas razones que no se permitía en sus inicios en Estados Unidos o Reino Unido —por citar dos países que hoy la admiten. Fundamentalmente, por la protección del interés preponderante del niño. Sin embargo, en esos países, los Tribunales fueron llegando poco a poco a la idea de que educar a los hijos no se refiere a educarlos de <em>“una determinada manera o en un lugar en particular”</em>.</p>
<p>En España, hemos tenido demasiadas leyes de educación que pretenden una educación pública de calidad, relevando a los padres de esta tarea. El máximo grado de libertad de las familias se acaba con la educación privada. Habrá que regular también esa forma de educación privada que es la <em>“educación en casa”</em>.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Qué repercusiones legales puede tener una familia española que educa a sus hijos en casa? ¿Puede obtener un título oficial?</strong></p>
<p>En España, varias sentencias de las Audiencias provinciales han eludido la vía penal en los casos de padres que educaban a sus hijos en casa. Así, en diciembre de 2009, la Audiencia Provincial de Teruel, absolvía a los padres, por haberse negado a escolarizar a sus hijos, de un supuesto delito de abandono de familia (art.226 CP). Para la Audiencia <em>“educar equivale a desarrollar las facultades intelectuales o morales de una persona, lo que puede lograrse dentro o fuera del sistema educativo establecido por el Estado”</em>. Sin embargo, el <em>TC</em> (STC 133/2010, de 2 de diciembre) parece no estar muy de acuerdo con esta forma educativa, ya que para el <em>TC</em> la educación no solamente es adquirir conocimientos sino la experiencia de integrarse en una sociedad pluralista. </p>
<p>Para el <em>TC</em> los padres no tienen un derecho al <em>homeschooling</em> cuando el legislador no lo ha previsto, al menos en el caso que contempla, que es recurrir a ella por razones pedagógicas derivadas de la ineficacia del sistema escolar español. Me da la impresión de que el <em>TC</em> tiene un concepto demasiado restringido de la <em>“socialización”</em>, ya que ésta no solamente se adquiere en la escuela sino entre los amigos, el contacto con otros parientes etc. En este sentido, el artículo 55 de la Ley de Educación de Cataluña, dice que la educación sin asistir a la escuela, es un excepcional modo de educar para circunstancias especiales, circunstancias que tendrán que desarrollarse en un posterior reglamento. Respecto a titulación oficial, ésta no es posible sin las pruebas y requisitos establecidos jurídicamente.</p>
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<p><strong><em>Nota</em></strong><em>: Esta entrevista fue realizada por G. Sánchez de la Nieta y publicada originalmente por La Gaceta.</em><em></em></p>
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		<title>¿Cambio de leyes en España?</title>
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		<pubDate>Fri, 25 Nov 2011 02:26:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>paola</dc:creator>
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		<description><![CDATA[A menudo las legislaciones han sido más eficaces para el asentamiento de las tendencias sociales desintegradoras que para su fortalecimiento, con verdaderos “experimentos sin retorno”.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/06-foto-12.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-15820" title="#06-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/06-foto-12.jpg" alt="" width="200" height="133" /></a>Nuestro reputado colaborador en este <em>Observatorio Jurídico</em>, Rafael Navarro Valls, responde a algunas preguntas sobre el panorama moral actual de España y un eventual cambio legislativo en temas que atañen a los valores cristianos. ¿Cuál sería el cambio deseable en temas fundamentales para quienes creen en el mensaje evangélico?</p>
<p>Rafael Navarro-Valls, catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid y secretario general de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España, mantiene una colaboración habitual en ZENIT sobre cuestiones relacionadas con los derechos humanos y su relación con la antropología y la fe cristianas, en línea con la Doctrina Social de la Iglesia.</p>
<p>El jurista afronta en este caso las nuevas perspectivas jurídicas en cuanto a la protección del <em>nascituro</em>, el mal llamado “<em>matrimonio entre personas del mismo sexo</em>”, la caída de gobiernos en el mundo a causa de la crisis sin pasar por las urnas y el posible déficit democrático, y cómo se restaura la erosión del sistema ecológico moral de un país.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Le parece que habría que abordar una reforma de la Constitución en aspectos por ejemplo del <em>nascituro</em>, según los últimos adelantos de la ciencia y la bioética? ¿O bastaría con una reforma de las leyes al respecto?</strong></p>
<p>–En materia de tutela de la vida humana se observa un movimiento constitucional orientado a recogerla de uno u otro modo. Así, 18 estados mexicanos en un lapso de tiempo relativamente corto han modificado sus constituciones para defender la vida desde la concepción a la muerte natural. Algo similar ha pasado en Europa con la constitución de Hungría, que define el matrimonio como “<em>unión entre un hombre y una mujer</em>,” protege la vida del no nacido desde la concepción hasta la muerte natural, y prohíbe la eugenesia. En España, la modificación de la constitución requiere un tan complicado itinerario legal, que parece más oportuno reformar la legislación ordinaria, comenzando con una visión de los derechos humanos mucho más rigurosa, que impida que el aborto sea conceptuado como un derecho que ha de ser costeado por los contribuyentes y al alcance de cualquier menor sin la autorización de los padres.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Cómo podría regularse la cuestión, aunque sea una realidad muy minoritaria en nuestro país, del mal llamado “<em>matrimonio entre personas del mismo sexo</em>”?</strong></p>
<p>–Es minoritario, no solamente en la línea que se adivina en su pregunta (un número relativamente pequeño de matrimonios celebrados entre personas de sexo igual) sino también en el panorama mundial. Actualmente existen exactamente 193 países miembros de la ONU. De ellos, solamente 10 lo regulan. Es natural que así sea, pues la propia noción legal de matrimonio (unión orientada –entre otras cualidades– a la procreación) así lo exige. En España, unánimemente los organismos jurídicos más cualificados (Consejo de Estado, Consejo del Poder Judicial, Real Academia de Jurisprudencia, etc.) rechazaron la conceptuación como matrimonial de la unión entre personas del mismo sexo. Incluso algún conocido homosexual español (buen escritor y político) en el debate de las recientes elecciones ha dicho participar de esa idea. Por ello, la mayoría de las legislaciones se han orientado a establecer una unión civil de amplio contenido en la que se incluya la convivencia entre personas del mismo sexo. Probablemente el modelo francés es el más adecuado y pienso que trasladable a España. La legislación francesa regula un “<em>pacto civil de solidaridad</em>”, es decir, un contrato concluido por dos personas físicas mayores de edad, de sexo diferente o del mismo sexo, con la finalidad de organizar su vida en común.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Cree que los últimos acontecimientos, con poderes económicos que tumban gobiernos, son en realidad una rebaja de la soberanía de los pueblos y suponen una democracia deficitaria, sometida a los dictados del mercado supranacional?</strong></p>
<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/06-foto-21.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-15821" title="#06-foto-2" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/06-foto-21.jpg" alt="" width="200" height="141" /></a>–El establecimiento de la Unión Europea ha hecho mucho más estrechos los vínculos entre naciones y acentuado la idea de “<em>mercado común</em>”. Esto crea una serie de ventajas económicas para los países miembros y, correlativamente, una acentuación de la globalidad entre ellos. Pero al no ser el “<em>mercado</em>” la panacea de todos los bienes, también las consecuencias negativas de las crisis se transmiten con mayor intensidad en el seno del “<em>mercado</em>”. Ese déficit de democracia no es una necesidad sino más bien una de las posibles reglas del juego. Siempre que sea transitoria, ha de ser vista como una “<em>emergencia</em>”, no como un déficit. Algo similar a las medidas que adoptó Roosevelt en Estados Unidos para limitar el desastre del <em>crash</em> de 1929.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong>¿Piensa que bastan las medidas legislativas para remediar la erosión del sistema ecológico moral de un país?</strong></p>
<p>–Los juristas sabemos que, en materia de valores sociales, el Derecho tiene un influjo mayor mediante lo que podríamos denominar su actividad negativa. Es decir, puede contribuir a erosionar, por ejemplo, el ecosistema familiar con más eficacia que a restaurarlo, una vez alterado por medidas legislativas precipitadas. En otras palabras, con frecuencia las legislaciones han sido más eficaces contribuyendo al asentamiento de las tendencias desintegradoras de la familia que a su fortalecimiento. A veces, tales leyes se consolidan en una especie de “<em>experimentos sin retorno</em>”, una vez que han penetrado en el tejido social. Es tarea ardua restaurar el tejido social erosionado por Estados intervencionistas, con una conceptuación de la ley como instrumento diseñado para imponer una moral o una “<em>filosofía de vida</em>” beligerante desde arriba. Sin que baste una actividad legal más o menos positiva. Es necesaria la acción conjunta de todos los implicados en el orden social (iglesias, sociedad civil, partidos políticos, sujetos singulares, etc.) para restaurar el equilibrio perdido. En este sentido, acertaba Dante cuando decía “<em>que en períodos de crisis moral, los lugares más ardientes del infierno están reservados para aquellos que conservan su neutralidad</em>”.</p>
<p>&nbsp;</p>
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<p><strong><em>Nota:</em></strong><em> Esta entrevista la realizó </em>Nieves San Martín, y <em>fue publicada originalmente por Zenit, <a href="http://www.zenit.org/">www.zenit.org</a>.</em></p>
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		<title>Si todo es matrimonio, al final nada es matrimonio</title>
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		<pubDate>Fri, 25 Nov 2011 02:24:11 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Es una exigencia inaplazable que la temática de la familia empiece a descansar menos en bases ideológicas y más en el reconocimiento de hechos objetivos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/07-foto-12.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-15815" title="#07-foto-1" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/07-foto-12.jpg" alt="" width="200" height="305" /></a>El Instituto de Ciencias para la Familia es el Centro en la Universidad de Navarra dedicado específicamente a la investigación científica del matrimonio y de la familia. <strong>Javier Escrivá</strong>, su director, es uno de los grandes conocedores de la realidad de la familia española y ha percibido los cambios que se están dando en la actualidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Aparentemente, ¿no choca unir las palabras Ciencias y Familia?</em></strong></p>
<p><em>Al contrario, el matrimonio y la familia son realidades fundamentales de la persona humana y de la sociedad, repletas de interés teórico y práctico. La idea fundacional del Instituto descansa en el convencimiento de la necesidad y utilidad de dar una respuesta científica, rigurosa y bien fundamentada a los múltiples temas y problemas que el matrimonio y la familia tienen en el mundo, en las culturas y en la vida concreta de las personas singulares.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿Están percibiendo los cambios que hay en el concepto de familia?</em></strong></p>
<p><em>Sin duda, el cambio ha sido radical y no solo del Derecho de familia, sino principalmente de las concepciones sociales imperantes acerca de la familia, y de su misma configuración sociológica. Ha cambiado la familia, han cambiado las ideas sobre la familia, ha cambiado la política legislativa en relación con la familia, han cambiado las leyes sobre la familia.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿Este cambio ha sido espontáneo o ha sido provocado?</em></strong></p>
<p><em>No creo que haya sido espontáneo, más bien ha sido impulsado por políticas muy concretas, encaminadas a provocar el cambio a través de la legislación. Y en concreto a través de la transformación del Derecho de familia. Y no debemos olvidar que las leyes no son inocuas, por muy contestadas que estén, acaban construyendo una modalidad.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Hoy parece que el término “matrimonio” sirve para aludir a cualquier tipo de convivencia.</em></strong></p>
<p><em>Efectivamente, las reformas legales a las que hemos asistido en los últimos años, y que se han denunciado desde los más diversos foros, han ido vaciando el concepto de matrimonio hasta el punto de convertirlo en una caja vacía donde cualquier relación es posible: un simple juego de combinatoria. Pues bien, si todo es matrimonio, al final nada es matrimonio.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Sin embargo, según el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), la familia es la institución más importante y mejor valorada por los ciudadanos.</em></strong></p>
<p><em>La verdad es que el resultado sorprende un poco, porque viendo las políticas llevadas a cabo en los últimos tiempos cualquiera podría pensar lo contrario. Pero efectivamente, pese a todo, la mayoría de los encuestados consideran que la familia es lo más importante en su vida, siguen teniendo interés en casarse y no consideran que el matrimonio esté superado. Aunque la opinión sobre las nuevas formas de convivencia está muy dividida.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Entonces ¿podemos afirmar que en el futuro de la familia hay más luces o sombras?</em></strong></p>
<p><em><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/07-foto-21.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-15816" title="#07-foto-2" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/07-foto-21.jpg" alt="" width="200" height="133" /></a>La familia, frente a los agoreros del siglo pasado, está más viva que nunca. Es más, puede que estemos entrando en la edad de oro de la familia: hoy existe una conciencia más clara de la libertad personal, una mayor atención a la calidad de las relaciones interpersonales en el matrimonio, a la promoción de la dignidad de la mujer, a la procreación responsable, a la educación de los hijos, la familia tiene mayor conciencia de su responsabilidad en la construcción de una sociedad más justa&#8230; No pretendo ocultar ni negar las disfunciones de la familia actual, ni el crecimiento del número de divorcios y de separaciones. Pero una cosa son las disfunciones, que como las patologías, muestran el incumplimiento o el abuso de una función que es buena y positiva; y otra que la familia en sí sea, como algunos sostienen, una institución negativa y que, como un tumor, deba de ser extirpado o eliminado.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿Qué consecuencias acarrean las rupturas familiares?</em></strong></p>
<p><em>Por desgracia el número de divorcios en España crece y eso no es una buena noticia, ni para los que se divorcian ni para la sociedad. El divorcio es la constatación de un fracaso, con frecuencia doloroso, con un fuerte impacto emocional tanto en los esposos como en los hijos. Pero el divorcio no solo supone la separación de dos personas que hasta ese momento habían vivido juntas, sino también la brusca interrupción de sus relaciones personales, la modificación de sus respectivos estilos de vida, de las relaciones con sus hijos, de sus respectivas familias políticas, de las relaciones económicas, etc. Por tanto el divorcio no es solo un problema personal, sino también social, importante y grave.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿Deberían cambiar los comportamientos políticos y sociales frente a la familia?</em></strong></p>
<p><em>Si, y lo primero que debemos entender es que el matrimonio y la familia no son una cuestión meramente cultural, ideológica o política. El origen de la familia está más allá de cualquier ideología o debate. Y es una exigencia inaplazable que la temática de la familia empiece a descansar menos en bases ideológicas y más en el reconocimiento de hechos objetivos como, por ejemplo, en la responsabilidad de las familias en la educación de los niños; en la importancia de la familia como primer núcleo de solidaridad entre las generaciones; en el papel económico y asistencial de la familia; en el justo deseo de la mujer de lograr el pleno acceso a la vida social; etc.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿No le parece que el discurso educativo se ha hecho pesimista y dramático?</em></strong></p>
<p><em>Aunque no faltan razones para la queja, es exagerado hablar de la educación en términos tan apocalípticos. Debemos recuperar una actitud más optimista, animosa y activa. Tenemos los medios, tenemos los conocimientos y tenemos las oportunidades de educar bien, y solo nos falta la decisión de hacerlo. ¿Quién tiene la “culpa”? Un poco todos. Hemos fallado los padres, por nuestro permisivismo, dejación de deberes y falta de ejemplo. Ha fallado la sociedad, en los valores que transmite: consumismo, materialismo, relativismo, moral del éxito a cualquier precio y acceso al placer, efímero y sin compromiso, entre los cuales no está presente la cultura del esfuerzo, ni de la responsabilidad, ni de la solidaridad, ni la del bien común. Si la culpa es de todos, todos tenemos parte de la solución. ¿Acaso no son nuestros hijos lo más importante?</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿Qué opina de la teoría del “yo antes que padre soy amigo de mis hijos”?</em></strong></p>
<p><em>Lo primero que se le puede contestar es que “si usted en vez de padre quiere ser amigo de sus hijos, sus hijos se acaban de quedar huérfanos”. Los padres están en la posición de maestros, de guías y no en una posición de igualdad que es la que caracteriza a las amistades. Una amistad verdadera entre un padre y un hijo no será posible hasta que el hijo sea adulto… Antes, el niño necesita algo mucho más importante: ¡Necesita unos padres!</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿Cómo ve el futuro?</em></strong></p>
<p><em>El fututo de la sociedad pasa por la familia. Quien quiera que se comprometa con el mañana de forma realista y eficaz ha de ser consciente de que la empresa más importante a llevar a cabo tiene por objeto la familia. Nos encontramos ante un reto muy simple y muy complejo a la vez, un reto que nos convoca a todos y no excluye a nadie: ¿cómo acompañar a las nuevas generaciones en el descubrimiento de la realidad matrimonial y familiar?, porque la forma en que una civilización afronta el hecho matrimonial y familiar en el horizonte de la vida es un criterio decisivo de su respeto por el hombre.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Con el aumento de la esperanza de vida también se han incrementado las generaciones que conviven.</em></strong></p>
<p><em>Desde luego, la convivencia de hasta cuatro generaciones es una oportunidad única de la que, por desgracia, no gozaron las generaciones anteriores. Es un hecho radicalmente nuevo y con unas consecuencias sociales, políticas y económicas nuevas, sobre todo en el contexto de la llamada “sociedad del bienestar”. Pero a nivel interno también supone un gran enriquecimiento ya que motiva distintas modalidades de comunicación, de convivencia y de afecto interpersonales.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Y también tendrá unas consecuencias económicas.</em></strong></p>
<p><em><a href="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/07-foto-3.jpg"><img class="alignleft size-full wp-image-15817" title="#07-foto-3" src="http://viva-chile.cl/site/wp-content/uploads/2011/11/07-foto-3.jpg" alt="" width="200" height="133" /></a>A la familia se la utiliza como “colchón de la crisis”. Por un lado, los jóvenes permanecen en los hogares paternos a edades en que deberían estar fundando sus propios matrimonios; y también se acoge a los hijos cuyo matrimonio ha fracasado. Por otro, los mayores, con pensiones que cada vez rinden menos, son acogidos por la solidaridad familiar. Aquí es cuando nos preguntamos en qué medida el Estado puede garantizar la salida de la crisis al margen o contra la familia.</em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>¿Los gobiernos legislan contra las familias?</em></strong></p>
<p><em>No en contra directamente, pero los gobiernos y los mercados han desarrollado políticas de tratamiento segmentado de los miembros de la familia, estimulando conductas independientes y diferenciadas entre jóvenes, mujeres, varones adultos, tercera edad&#8230; rompiendo la estructura unitaria de la familia como ámbito de orientación en la política y en el consumo.</em><em></em></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><em>Nota:</em></strong><em> Esta entrevista la realizó Laura Peraita, y fue publicada originalmente por ABC Familia.</em></p>
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