Una aparente coincidencia

Max Silva Abbott | Sección: Política, Sociedad

Si se observa la evolución que han tenido los diferentes países de nuestro continente en materias de la llamada “agenda progresista” (aborto, identidad de género, matrimonio homosexual, educación sexual, derechos de la niñez, tolerancia y no discriminación, etc.), es imposible no quedar sorprendido por la similitud de los procesos que se han vivido en unos y otros. Sin embargo, por lógica, no puede tratarse de una mera coincidencia.

En efecto, la raíz del problema radica en que todas estas materias son consideradas como los “nuevos derechos humanos”, que poco o nada tienen que ver con los tradicionales (vida, igualdad ante la ley, libertad de conciencia, de desplazamiento y de opinión, propiedad, etc.), todo lo cual les estaría dando una aparente legitimidad, pues ¿quién podría estar hoy contra los “derechos humanos”?

Pero además, suele señalarse que esta puesta al día en materia de “derechos humanos” obedece a los compromisos internacionales asumidos por cada país, lo que lo obligaría a modificar sus ordenamientos internos para ser respetados por la comunidad internacional.

Todo esto quiere decir que en buena medida, lo que está ocurriendo en nuestros países se debe a la influencia de instancias internacionales, lo que explica esta aparente coincidencia en la evolución que se ha producido en cada uno de ellos.

Sin embargo, si se mira con más atención, se descubre con sorpresa que prácticamente ninguno de estos “nuevos derechos” se encuentra consagrado en los tratados internacionales vigentes. ¿De dónde han surgido pues?

La respuesta está en el trabajo que realizan las comisiones y comités creados por los tratados de derechos humanos para tutelarlos. Lo anterior ha hecho que, facultados o no para ello, en la práctica, estos organismos hayan terminado monopolizando la interpretación de los tratados a los que en teoría sirven. De esta manera, mediante sus dictámenes, han ido en el fondo, manipulando e incluso modificando estos documentos, al ser considerados “instrumentos vivos”, que deben ir adaptándose a las circunstancias actuales al momento de ser interpretados. Sin embargo, no fue lo que los Estados entendieron ni autorizaron al momento de suscribir los tratados respectivos.

Con todo, ninguno de estos dictámenes tiene fuerza vinculante para los países que han suscrito los tratados que a su vez han dado vida a estos comités o comisiones (es decir, son soft law internacional), aunque estos organismos hagan lo imposible por hacernos creer lo contrario. Mas, ya sea por ignorancia o por conveniencia del gobierno de turno, en muchos casos se actúa como si la tuvieran, lo que ha ayudado a la implantación de estos nuevos “derechos humanos” en nuestros países.

Por tanto, hay que ser muy claros: los actuales “derechos humanos” han sido monopolizados por organismos internacionales que pretenden imponerlos en nuestros países. El problema es que la composición de estos comités y comisiones (con la excepción tal vez de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) suele ser completamente desconocida para la opinión pública y además, ellos no son controlados por otros organismos ni responden ante nadie, todo lo cual hace que su carácter antidemocrático y cupular resulte evidente. ¿Seguiremos haciéndoles caso?