Un actor cada vez más relevante

Max Silva Abott | Sección: Política

La semana pasada se organizó en la Universidad San Sebastián un congreso con invitados de Estados Unidos, Argentina, Perú y Chile, que versó sobre la Corte Interamericana de Derechos Humanos y su situación actual, desde una mirada más bien crítica, en atención a la creciente importancia que ha ido adquiriendo en el continente.

La razón de hacer un encuentro académico con esta visión buscaba poner de relieve varias prácticas polémicas que ha ido llevando a cabo este tribunal, no con un afán destructivo, sino todo lo contrario: puesto que los derechos humanos son importantes, cualquier institución que se dedique a este tema debe ser absolutamente ejemplar al momento de respetarlos, para no contradecirse a sí misma.

Además, y según se ha dicho, la importancia de este tribunal ha ido en aumento en los últimos años, influyendo de manera decisiva en una serie de asuntos internos de los países que le han dado competencia. Sin embargo, pese a ello, la mayoría de la población, e incluso muchísimos abogados, no acaban de enterarse de este estado de cosas. Y como hasta ahora prácticamente todos, sino todos los congresos que se han realizado sobre el particular han sido absolutamente acríticos respecto de esta situación, se consideró oportuno poner “algunos puntos sobre las íes”, como suele decirse y analizar también lo que puede ser perfectible o derechamente, merece fundadas críticas.

Así por ejemplo, se expuso sobre el sistema probatorio que ha seguido este tribunal, constatándose varias falencias no menores al momento de su admisibilidad y ponderación; o el cada vez más teórico rol subsidiario que debiera tener la Corte de acuerdo a la Convención Americana de Derechos Humanos, rol que ha cambiado casi a una especie de imposición total de su modo de entender los derechos humanos, dejando anuladas las propias competencias del Estado para determinar la mejor forma de hacerlos efectivos atendiendo las circunstancias específicas del propio país. Igualmente, se criticaron algunas sentencias, cuya fundamentación deja bastante que desear, en particular por haberse fallado contra el texto expreso de la Convención, o la relación que pretende tener la Corte Interamericana con los tribunales locales, sobre todo con motivo de un reciente fallo de la Corte Suprema Argentina. Por último, también se analizó la pretensión de la Corte que los jueces locales apliquen la Convención y la jurisprudencia emanada de este tribunal internacional sobre sus propias leyes locales, incluida su constitución, lo que técnicamente se conoce como “control de convencionalidad”.

Obviamente se trata de materias muy técnicas, que incluso resultan novedosas para varios abogados. Sin embargo, es absolutamente necesario poner más atención a este fenómeno, puesto que su creciente influencia es prácticamente ignorada tanto por políticos como por la ciudadanía, todo lo cual, a pesar de las buenas intenciones que puedan tener sus promotores, afecta la propia soberanía y la democracia de nuestros países. Además, por mucho que esto se haga en nombre de los “derechos humanos”, basta ver las concepciones diametralmente opuestas que existen hoy a su respecto, para darse cuenta que aquí no todo lo que brilla es oro.